El Tribunal Supremo enfrenta el desafío jurídico de determinar la aplicación de las medidas cautelares sobre el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de cara a las próximas elecciones generales del 29 de noviembre. La controversia técnica surge ante la colisión entre los autos judiciales que suspenden los efectos electorales de la denominada «ley de nietos» y los plazos administrativos establecidos por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
De acuerdo con el artículo 39.1 de la LOREG, el censo para cualquier proceso electoral es el cerrado el día primero del segundo mes anterior a la convocatoria. En el escenario actual, la lista de electores quedó sellada el pasado 1 de agosto, fecha previa a que el Alto Tribunal dictara la suspensión de los efectos electorales para los beneficiarios de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática el 10 de septiembre.
La formación Iustitia Europa, responsable del recurso contra la instrucción que ampliaba los supuestos de nacionalidad, ha solicitado a la Sala de lo Contencioso-Administrativo una ejecución urgente de las cautelares. La petición busca concretar qué inscripciones dentro del censo ya cerrado deben quedar sujetas a la suspensión y cuáles cumplen con los requisitos de descendencia de exiliados sin acogerse a la presunción de la instrucción de octubre de 2022.
Un informe de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, con fecha de 18 de septiembre, advierte sobre la «imposibilidad técnica» de cumplir con el desglose exigido por el tribunal de forma inmediata. El documento señala que las herramientas informáticas actuales no permiten distinguir la vía de adquisición de la nacionalidad, lo que obligaría a revisar manualmente más de 168.000 expedientes, una tarea que el Ministerio estima no finalizaría antes de enero de 2027.
La relevancia institucional de esta decisión radica en el volumen de votantes afectados. Según los últimos datos de la Oficina del Censo Electoral, el CERA cuenta con más de 2,7 millones de electores, lo que representa el 7,11% del censo total. En circunscripciones clave como Madrid, los electores en el extranjero suponen el 14,9% del total, un factor que podría ser determinante en el reparto de escaños donde los márgenes de votos son reducidos.
Paralelamente a la vía judicial, los grupos parlamentarios de PSOE y Sumar han registrado una enmienda al proyecto de modificación de la Ley Orgánica de Educación con el fin de elevar al rango de ley los criterios de la instrucción suspendida por el Supremo. Esta maniobra legislativa pretende blindar la presunción de exilio para los españoles que salieron del país entre 1936 y 1955, lo que dejaría sin objeto la medida cautelar vigente.
Corresponde ahora al Tribunal Supremo resolver la petición de ejecución planteada por la acusación popular, en un contexto de máxima presión por la proximidad del 29-N. La resolución deberá clarificar si prevalece la estabilidad del censo cerrado por la LOREG o si la Administración debe arbitrar mecanismos de urgencia para excluir del sufragio a quienes obtuvieron la nacionalidad por la vía ahora cuestionada.


