El Gobierno califica de «extraordinaria gravedad» la suspensión del voto a los nacionalizados por la ley de nietos
La ministra portavoz del Gobierno, Elma Saiz, ha manifestado este martes la preocupación del Ejecutivo ante la decisión del Tribunal Supremo de mantener la suspensión cautelar del derecho al voto para 163.020 ciudadanos españoles nacionalizados bajo la Ley de Memoria Democrática, conocida como «ley de nietos». Saiz ha calificado la medida de «extraordinaria gravedad», argumentando que supone una restricción de un derecho fundamental consagrado en la Constitución Española.
La resolución de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, comunicada este lunes, ratifica la suspensión que impide a este grupo de ciudadanos participar en la jornada electoral del próximo 29 de noviembre. La única excepción contemplada por el alto tribunal es que los afectados puedan acreditar ante las oficinas consulares su condición directa de descendientes de exiliados. Según ha explicado la ministra en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el Gobierno considera que «el derecho al voto se garantiza, no se restringe».
En el ámbito legal, la Abogacía del Estado se encuentra analizando el contenido del auto para determinar la viabilidad de futuras acciones, sin que se haya confirmado todavía si el Ejecutivo presentará una impugnación ante el Tribunal Constitucional. Saiz ha subrayado que, aunque el Gobierno «siempre acata las resoluciones» judiciales, los servicios jurídicos están estudiando detalladamente la situación debido al impacto directo sobre el censo electoral.
Por su parte, el Tribunal Supremo ha fundamentado su decisión en la necesidad de que prevalezca la «veracidad e inexistencia de irregularidades» en el censo electoral sobre el interés particular del ciudadano. La Sala de lo Contencioso-Administrativo sostiene que el riesgo de constituir de forma irregular el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) persiste, lo que comprometería las exigencias de exactitud y transparencia necesarias en un proceso democrático.
La resolución judicial, que contó con cinco votos a favor y un voto particular, reprocha a la Abogacía del Estado no haber aportado datos suficientes que justificaran el levantamiento de la medida cautelar. Con esta decisión, el alto tribunal limita cualquier acción administrativa inmediata y mantiene la exigencia de una verificación rigurosa de los requisitos de nacionalidad para asegurar la integridad de la representación parlamentaria española.


