martes, octubre 13, 2026
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Cárcel por agredir a su sobrina de ocho años en Alicante

La Audiencia de Alicante condena a dos años de prisión a un hombre por agresión sexual a su sobrina menor

La Audiencia Provincial de Alicante ha dictado sentencia condenatoria contra un hombre por un delito de agresión sexual cometido sobre su sobrina cuando esta tenía entre 8 y 9 años de edad. El tribunal ha impuesto una pena de dos años de prisión, la cual ha quedado suspendida por un periodo de cuatro años bajo la condición de que el procesado no vuelva a delinquir, tras alcanzarse un acuerdo de conformidad entre las partes en el inicio de la vista oral.

Los hechos validados por la justicia ocurrieron en una fecha indeterminada entre los años 2015 y 2016 en el domicilio de la capital alicantina donde el acusado convivía con la menor, la madre y la abuela de esta última. El encausado asumió la autoría tanto de la agresión sexual como de un segundo delito de exhibición de material pornográfico a menor de edad, por el que se le ha impuesto una sanción económica adicional consistente en 12 meses de multa con una cuota diaria de 4 euros.

La resolución judicial detalla que la víctima comenzó a sufrir síntomas compatibles con cuadros de ansiedad, insomnio y pesadillas recurrentes como consecuencia de los hechos. No fue hasta que la joven cumplió los 16 años de edad cuando procedió a interponer la denuncia formal ante las autoridades, lo que dio inicio al proceso que ha concluido con el reconocimiento de los hechos por parte del agresor.

En el ámbito de la responsabilidad civil, la sentencia establece que el condenado deberá indemnizar a la víctima con la cantidad de 6.000 euros en concepto de daños morales. El tribunal ha autorizado que dicho pago se realice mediante cuotas mensuales de 150 euros, con el fin de asegurar el resarcimiento económico de los perjuicios ocasionados durante la infancia de la menor.

Complementariamente a las penas privativas de libertad y económicas, la Audiencia de Alicante ha impuesto una orden de alejamiento que prohíbe al hombre aproximarse a su sobrina a una distancia mínima de 500 metros durante un periodo de cinco años. Asimismo, se ha decretado una medida de libertad vigilada por otros cinco años, con el objetivo de supervisar la conducta del sentenciado y garantizar la protección de la víctima tras la resolución del conflicto judicial.

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