El Constitucional traslada al Pleno el recurso sobre el derecho al voto de los nacionalizados por la Ley de Memoria Democrática
La Sección Cuarta del Tribunal Constitucional ha acordado este lunes, por unanimidad, elevar al Pleno de la institución la decisión sobre la admisión a trámite del recurso de amparo interpuesto por el Defensor del Pueblo. La acción legal se dirige contra la resolución del Tribunal Supremo que mantiene suspendido el derecho al voto de las personas nacionalizadas bajo la Ley de Memoria Democrática, conocida como la «ley de nietos».
Los tres magistrados que integran la sección han considerado que la entidad y relevancia constitucional del asunto requieren que sea el conjunto del Pleno quien determine la admisión del recurso. Asimismo, el órgano de garantías deberá pronunciarse sobre la solicitud de medidas cautelarísimas instadas por el Defensor del Pueblo, que pide alzar la suspensión del derecho al sufragio de forma inmediata y sin oír a las partes, ante la proximidad de la cita electoral del 29 de noviembre.
Fuentes jurídicas indican que la previsión del Tribunal Constitucional es abordar ambos extremos —la admisión y las medidas cautelarísimas— en la sesión plenaria prevista para este próximo miércoles. La institución dirigida por Ángel Gabilondo formalizó el recurso el pasado viernes, tras analizar la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo del 12 de octubre, que ratificó la suspensión del derecho al voto para este colectivo.
La controversia jurídica afecta a un total de 163.020 ciudadanos que han obtenido la nacionalidad española a través de la mencionada legislación. Según el criterio actual del Tribunal Supremo, estas personas no podrán ejercer el derecho al voto el 29 de noviembre, salvo que las oficinas consulares correspondientes acrediten de manera específica que son descendientes de exiliados.
El Defensor del Pueblo solicita en su escrito que el tribunal de garantías fije una interpretación sobre la suspensión de este derecho fundamental, argumentando la necesidad de que los ciudadanos nacionalizados puedan ejercer el sufragio activo. El fallo del Tribunal Constitucional resultará determinante para definir el censo electoral definitivo de cara a los próximos comicios generales.


