lunes, octubre 19, 2026
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¿Corregirá el Constitucional al Supremo por la ley de nietos?

El Tribunal Constitucional inicia el estudio del recurso sobre el derecho al voto de 163.000 ciudadanos nacionalizados

El pleno del Tribunal Constitucional tiene previsto iniciar esta semana el análisis del recurso de amparo interpuesto por el Defensor del Pueblo contra la suspensión del derecho al voto de 163.020 ciudadanos españoles que obtuvieron la nacionalidad mediante la Ley de Memoria Democrática. La resolución de este órgano será determinante para la configuración definitiva del censo electoral de cara a las próximas elecciones generales del 29 de noviembre.

La controversia jurídica se origina tras la decisión del Tribunal Supremo de suspender cautelarmente la participación de este colectivo en los comicios. El Alto Tribunal ha expresado dudas sobre la fiabilidad del censo, cuestionando si la aplicación de la disposición adicional octava de la citada ley, relativa a los descendientes de exiliados, se ha realizado cumpliendo estrictamente con los requisitos legales previstos para la adquisición de la nacionalidad.

Uno de los aspectos fundamentales que los magistrados deberán dirimir es la procedencia de la intervención del Tribunal Constitucional en este momento procesal. Diversos sectores jurídicos han señalado que el recurso podría considerarse prematuro, debido a que los afectados aún cuentan con vías de impugnación abiertas ante la jurisdicción ordinaria del Tribunal Supremo que no han sido agotadas en su totalidad.

El fondo del debate técnico se centra en la verificación de los criterios de exilio de los ascendientes de los solicitantes. El Tribunal Supremo ha advertido sobre la posibilidad de que el censo exterior incluya inscripciones que no se ajusten a los presupuestos normativos, lo que ha motivado la paralización de su derecho al sufragio para salvaguardar, según el criterio del Alto Tribunal, la integridad del proceso electoral.

La decisión que adopte el Tribunal Constitucional se produce en un contexto de elevada atención institucional, dada la cercanía de la cita electoral y la posibilidad de una nueva divergencia de criterios entre este órgano y el Tribunal Supremo. El fallo final impactará no solo en el volumen de participación desde el extranjero, sino también en la interpretación de los límites de las competencias judiciales en materia de derechos fundamentales y procesos electorales.

Por su parte, el Defensor del Pueblo justifica su recurso en la necesidad de garantizar el ejercicio de un derecho fundamental por parte de ciudadanos que ya ostentan formalmente la nacionalidad española. El resultado de esta deliberación marcará un precedente significativo sobre la aplicación de la denominada «ley de nietos» y su traslación a los derechos de participación política en el Estado español.

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