Vox califica de «victoria» la decisión del Constitucional de inadmitir el recurso del Defensor del Pueblo sobre la «ley de nietos»
El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por amplia mayoría la admisión a trámite del recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo contra la suspensión dictada por el Tribunal Supremo respecto al derecho al voto de los ciudadanos nacionalizados bajo la Ley de Memoria Democrática, conocida como «ley de nietos». La formación política Vox ha recibido la resolución como un aval a sus tesis jurídicas en el marco del proceso electoral.
La decisión del órgano de garantías se fundamenta en el carácter «prematuro» del recurso interpuesto por la institución que dirige Ángel Gabilondo. El tribunal considera que no se han agotado las vías judiciales previas necesarias antes de acudir a la instancia constitucional, manteniendo así la vigencia de la medida cautelar que suspende temporalmente la capacidad de sufragio de los beneficiarios de esta normativa de nacionalización.
Desde la dirección de Vox, el eurodiputado y coordinador de los servicios jurídicos, Jorge Buxadé, ha valorado la resolución como una derrota jurídica para el Ejecutivo central. A través de sus canales oficiales, Buxadé ha señalado que esta decisión representa un freno a la utilización de las instituciones del Estado, mencionando expresamente tanto a la Presidencia del Gobierno como a la figura del Defensor del Pueblo en este litigio.
No obstante, el dirigente de la formación ha instado a mantener la cautela procesal, calificando el auto del Constitucional como una «escaramuza» dentro de un conflicto jurídico más amplio. Según Buxadé, la estrategia del Gobierno persiste en su objetivo de modificar el equilibrio democrático, por lo que ha anunciado que su partido continuará monitorizando el desarrollo del caso en las diferentes instancias judiciales.
Por su parte, la portavoz de Vox en el Congreso de los Diputados, Pepa Millán, ha incidido en los motivos técnicos de la inadmisión. Millán ha subrayado que el rechazo por ser un recurso «prematuro» evidencia una premura por parte del Gobierno que, a su juicio, respondería a intereses electorales. Para la portavoz, la resolución judicial supone una medida de protección de la integridad del proceso democrático y de la soberanía nacional.
El conflicto jurídico tiene su origen en la impugnación de las instrucciones que permitían el registro inmediato de nuevos nacionales para el censo electoral. La suspensión cautelar dictada por el Tribunal Supremo, y ahora refrendada indirectamente por la inadmisión del TC, implica que la inclusión en el censo de los nacionalizados por esta vía específica queda supeditada a la resolución definitiva sobre el fondo del asunto.


