miércoles, octubre 28, 2026
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El Supremo rechaza la devolución de inmigrantes en Ceuta

El Tribunal Supremo desestima las medidas cautelarísimas de Ceuta frente a la gestión migratoria del Gobierno

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado un auto por el cual deniega las medidas cautelarísimas solicitadas por la Ciudad Autónoma de Ceuta en el marco de su recurso contra el Gobierno central por presunta inactividad. El Ejecutivo ceutí reclamaba la adopción de medidas urgentes para proceder a la expulsión o devolución de los inmigrantes que accedieron a la ciudad durante la entrada masiva registrada los días 30 y 31 de julio.

El tribunal considera que no concurren las circunstancias de «especial urgencia» necesarias para adoptar una decisión sin escuchar previamente las alegaciones de la Administración General del Estado. Según los magistrados, la inactividad denunciada se ha prolongado durante más de dos meses y medio, lo que debilita el argumento de una necesidad perentoria de actuar de forma inmediata y sin audiencia de la parte contraria.

La petición de Ceuta incluía la exigencia de que el Gobierno de Pedro Sánchez presentara en un plazo de diez días un plan operativo detallado. Este plan debía contemplar la tramitación de los expedientes de expulsión, devolución o protección internacional de los adultos que permanecen en la ciudad, así como la asignación de los medios materiales y personales necesarios para ejecutar dichas resoluciones conforme a la Ley de Extranjería.

Asimismo, el Gobierno de Juan Jesús Vivas solicitaba que se remitiera al tribunal una relación estadística sobre el estado de tramitación de los procedimientos de las personas que accedieron a territorio nacional en julio, omitiendo datos de carácter personal, con el fin de fiscalizar el grado de ejecución de las competencias estatales en materia migratoria.

A pesar de denegar la vía de urgencia extrema, el Tribunal Supremo ha acordado la tramitación del incidente cautelar por la vía ordinaria. Este procedimiento permitirá a la Sala pronunciarse con mayor conocimiento de causa tras analizar la gestión y las actuaciones realizadas por la Administración del Estado. Para ello, se ha otorgado un plazo de diez días a la Abogacía del Estado para que presente sus alegaciones pertinentes.

En paralelo, mediante una diligencia de ordenación, se ha concedido un plazo de veinte días al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes para que remita el expediente administrativo completo que motiva el recurso. La acción judicial de Ceuta se produce tras el silencio administrativo del Gobierno central ante un requerimiento previo enviado por la ciudad autónoma en el mes de septiembre, según informó el portavoz del Ejecutivo regional, Alejandro Ramírez.

Con este pronunciamiento, el Alto Tribunal mantiene el cauce procesal abierto para evaluar el fondo del conflicto competencial y de gestión, pero posterga cualquier decisión operativa hasta que se complete el traslado de información y el correspondiente debate jurídico entre ambas administraciones.

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