La Audiencia Nacional descarta investigar a Zapatero por malversación en relación con las joyas de Arabia Saudí
El magistrado de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, ha rechazado la solicitud de la Fiscalía Anticorrupción para investigar al expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, por un presunto delito de malversación de caudales públicos. El caso se centraba en la posesión de unas joyas que le fueron regaladas por el rey de Arabia Saudí en el año 2007 durante una visita oficial, y que el Ministerio Público consideraba que debían haber sido integradas en el patrimonio del Estado.
En una providencia reciente, el juez instructor sostiene que en el momento de producirse los hechos no existía una normativa legal que obligara a la incorporación automática de este tipo de obsequios institucionales al inventario público. Por esta razón, el magistrado ha desestimado la imputación solicitada por la Fiscalía el pasado 23 de octubre, que argumentaba que el antiguo líder del Ejecutivo se habría apropiado indebidamente de bienes que pertenecían a la Administración.
El magistrado Calama diferencia en su resolución entre la responsabilidad penal y la valoración ética. Según el auto, aunque la recepción y posterior apropiación de las joyas pueda suscitar «reproches éticos o políticos», la conducta no puede ser calificada como malversación. El juez recuerda que la obligación expresa de entregar los regalos de relevancia institucional a la Administración correspondiente no se fijó legalmente hasta la aprobación de la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Asimismo, el instructor descarta que el Código de Buen Gobierno de 2005, impulsado por el propio gabinete de Zapatero, tenga capacidad para fundamentar un reproche penal en este ámbito. El magistrado argumenta que dicho código poseía una naturaleza ética y de autorregulación, pero carecía de rango normativo suficiente para determinar la titularidad de bienes o para ampliar los elementos objetivos del delito de malversación.
La resolución concluye que aplicar pautas de conducta o principios de buen gobierno como fuente de incriminación penal resultaría incompatible con el principio de legalidad. De este modo, la Audiencia Nacional cierra la vía para procesar al expresidente por estos hechos, al considerar que la ausencia de una ley específica en el año 2007 impide tipificar la conducta como una apropiación ilícita de caudales públicos.


