El Horizonte de la Jubilación Ordinaria en 2026
El panorama de la jubilación en España continúa su evolución, ajustándose progresivamente a las dinámicas demográficas y económicas. A partir del 1 de enero de 2026, aquellos trabajadores que aspiren a percibir el 100% de su pensión contributiva deberán cumplir con una nueva edad mínima. Esta se establecerá en los 66 años y 10 meses, reflejando el camino iniciado por la reforma de 2013, que proyectaba una elevación gradual desde los 65 hasta los 67 años en un plazo de quince años.
Esta exigencia de los 66 años y 10 meses aplicará específicamente para quienes hayan acumulado un periodo de cotización inferior a los 38 años y 3 meses. Es importante recordar que en el año anterior, 2025, la edad requerida para este mismo grupo era de 66 años y 8 meses. Sin embargo, para los profesionales con una carrera laboral más extensa, es decir, aquellos que superen los 38 años y 3 meses de cotización, la edad de retiro para obtener la totalidad de la pensión se mantiene en los 65 años cumplidos. Esto subraya la importancia de la trayectoria de cotización en el cálculo de las condiciones de acceso.
Un pilar fundamental que se mantiene inalterado es el requisito de cotización mínima para acceder a la pensión contributiva. Los trabajadores necesitan haber cotizado un mínimo de 15 años, de los cuales al menos dos deben estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores a la fecha en que se produce la jubilación. Este requisito es la base para cualquier tipo de pensión contributiva por jubilación en el sistema español.
Estrategias para la Jubilación Anticipada: Evaluando Costos y Beneficios
La posibilidad de adelantar el momento del retiro laboral es una opción que muchos consideran, pero que implica ciertas condiciones y reducciones en la cuantía final de la pensión. La Seguridad Social en España contempla dos modalidades principales de jubilación anticipada: la voluntaria y la forzosa. Ambas permiten un adelanto significativo respecto a la edad ordinaria de jubilación, pero con requisitos y penalizaciones distintas.
Para la jubilación anticipada de carácter voluntario, los trabajadores pueden retirarse hasta 24 meses antes de la edad legal establecida. En 2026, esto significa que la edad mínima de acceso será de 64 años y 10 meses para quienes tengan menos de 38 años y 3 meses cotizados. Aquellos con una vida laboral más prolongada, superando dicho umbral de cotización, podrán acceder con 63 años cumplidos. Un requisito adicional clave es haber cotizado un mínimo de 35 años, con dos de ellos dentro de los últimos quince previos al retiro.
Es crucial destacar que la pensión resultante de una jubilación anticipada voluntaria debe ser superior a la pensión mínima que correspondería al trabajador por su situación familiar al alcanzar los 65 años. Si no se cumple este criterio, la solicitud de adelanto no será aprobada. Además, la aplicación de coeficientes reductores sobre el importe de la pensión es una realidad ineludible, dependiendo del tiempo de adelanto y de los años cotizados, lo que reduce la cantidad final a percibir.
En el caso de la jubilación anticipada de tipo involuntario o forzoso, es posible adelantar el retiro hasta 48 meses. Para 2026, esto implica una edad mínima de 62 años y 10 meses para quienes hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses, siempre y cuando se acredite un mínimo de 33 años de cotización. Si la trayectoria profesional es más extensa, superando los 38 años y 3 meses de cotización, la edad mínima para este tipo de retiro es de 61 años. Aunque esta modalidad ofrece un adelanto mayor, también se aplican coeficientes reductores, aunque generalmente son menos gravosos que los de la anticipada voluntaria, variando entre el 0,50% y el 30% según el periodo de adelanto y la carrera de cotización.
Flexibilizando el Final de la Vida Laboral: Jubilación Parcial y Demorada
Más allá de la jubilación ordinaria y la anticipada, el sistema ofrece alternativas que permiten una transición más suave o una extensión de la vida laboral con beneficios adicionales. La jubilación parcial es una de estas herramientas, diseñada para combinar la percepción de una parte de la pensión con un contrato de trabajo a tiempo parcial, reduciendo la jornada laboral.
Cuando un trabajador opta por la jubilación parcial sin que la empresa formalice un contrato de relevo, la edad mínima de acceso se equipara a la edad ordinaria de jubilación que le correspondería en ese momento. Sin embargo, si la empresa sí realiza un contrato de relevo para cubrir el tiempo que el trabajador parcialmente jubilado deja de prestar servicios, las condiciones de acceso son más flexibles. A partir del 1 de enero de 2026, la edad mínima se sitúa en los 63 años y 10 meses para quienes acrediten menos de 38 años y 3 meses de cotización, o en 62 años para aquellos con 33 años cotizados o más. Esta modalidad busca fomentar la prolongación de la vida laboral a tiempo parcial y la incorporación de nuevos talentos.
En el extremo opuesto se encuentra la jubilación demorada, una opción pensada para aquellos que deciden posponer voluntariamente su retiro más allá de la edad ordinaria. Esta elección es recompensada con una bonificación significativa, que puede manifestarse como un porcentaje adicional en la pensión final, una cantidad única a tanto alzado, o una combinación de ambas si la demora excede los dos años. Las modificaciones recientes, en vigor desde abril, han introducido mayor granularidad en la obtención de estos incentivos. Ahora, a partir del segundo año de aplazamiento, el incremento puede ser del 2% o su equivalente a tanto alzado por cada periodo de demora superior a seis meses e inferior a un año, sin necesidad de esperar al cumplimiento de un año completo para generar el beneficio.
Una novedad importante es la compatibilidad entre la jubilación activa y el complemento por demora, en todas sus modalidades. Esto significa que un trabajador puede seguir desarrollando una actividad laboral mientras cobra parte de su pensión y, además, sigue generando derechos para una bonificación futura por haber demorado su jubilación. No obstante, es clave recordar que durante el periodo en que se esté en situación de jubilación activa, no se acumularán aumentos adicionales al complemento por demora.
Planificando tu Retiro: Claves para una Transición Exitosa
Ante la continua adaptación del sistema de pensiones, la decisión sobre cuándo y cómo jubilarse se ha vuelto más compleja y personal. Es fundamental que cada trabajador comprenda las condiciones específicas que le aplicarán en 2026 y en los años venideros, considerando su historial de cotizaciones y sus expectativas futuras. La planificación temprana y una comprensión clara de las diversas modalidades de jubilación son esenciales para asegurar una transición hacia el retiro que maximice los beneficios y se ajuste a las necesidades individuales.
Entender los plazos de cotización, las edades requeridas y los posibles efectos de la jubilación anticipada o los beneficios de la demorada, permite tomar decisiones informadas. El conocimiento de estas normativas no solo asegura el cumplimiento de los requisitos, sino que también posibilita optimizar la cuantía de la pensión, garantizando una mayor estabilidad económica en la etapa de retiro. La invitación es a una reflexión proactiva sobre el futuro, considerando cada variable para trazar el camino más adecuado hacia el merecido descanso laboral.


