domingo, febrero 1, 2026
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Gestores Administrativos: Regulación Agente de Igualdad excluye

El Impulso hacia Nuevas Figuras Profesionales: ¿Necesidad o Disrupción?

El panorama profesional contemporáneo exige una constante evolución en sus estructuras. Sin embargo, la **creación de nuevas profesiones reguladas** a menudo desata un debate crucial sobre la eficiencia, la **competencia** y el aprovechamiento de la experiencia ya existente. Un ejemplo reciente de esta tensión se observa en el anteproyecto de ley que busca establecer la figura del **Agente de Igualdad**, una iniciativa que ha generado inquietud en diversos colectivos de **profesionales**, entre ellos los **gestores administrativos**, quienes perciben una potencial superposición y exclusión de funciones que ya vienen desempeñando. Este análisis profundiza en los argumentos que rodean la introducción de estas nuevas regulaciones y sus implicaciones en el mercado laboral.

La motivación detrás de la **regulación** de una nueva profesión suele anclarse en la necesidad de garantizar una **calidad técnica superior** y una aplicación homogénea de políticas consideradas esenciales para el **interés público**. En el caso de los **agentes de igualdad**, el propósito declarado es dotar de mayor coherencia y solidez a la implementación de las políticas de **igualdad** en entornos tanto públicos como privados. Se busca un **perfil específico** capaz de diseñar, ejecutar y evaluar planes y **medidas de igualdad**, respondiendo a las crecientes obligaciones legales que enfrentan empresas y administraciones.

El Valor de la Experiencia Consolidada: Gestores y el Ámbito de la Igualdad

No obstante, la perspectiva de crear una **reserva de actividad profesional** exclusiva genera interrogantes significativos. Diversos profesionales, incluidos los **gestores administrativos**, argumentan que ya poseen las **capacidades** y la **formación** para ejecutar muchas de estas funciones. Durante años, han colaborado activamente con la Administración en el cumplimiento de normativas, incluyendo aspectos relacionados con la **igualdad** y la **responsabilidad social corporativa**. La **experiencia** acumulada en el asesoramiento y gestión documental, junto con un profundo conocimiento del entramado jurídico-administrativo, les posiciona como actores relevantes en la aplicación práctica de estas políticas, sin necesidad de **estructuras excluyentes**.

Marco Regulatorio Europeo y Nacional: Limitaciones a las Reservas de Actividad

El derecho comunitario y su transposición en la legislación española establecen directrices claras sobre las restricciones al acceso a las profesiones. Las **reservas de actividad** son consideradas la medida más restrictiva y solo deben adoptarse cuando no existan **alternativas menos invasivas**. La normativa europea, como la Directiva (UE) 2018/958, exige que el legislador demuestre de manera fehaciente que objetivos como la **calidad** o la **homogeneidad** no pueden alcanzarse mediante la **acreditación**, la **certificación** o un control reforzado de los **profesionales** ya activos en el mercado. Organismos nacionales como la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) han recalcado consistentemente la necesidad de justificar estas exclusividades, que pueden limitar la **competencia** y elevar los costes para los ciudadanos y las empresas.

Calidad y Eficiencia: ¿Exclusividad o Fortalecimiento de Competencias?

El dilema central reside en cómo garantizar la **calidad** y la **eficacia** sin recurrir a la creación de mercados cerrados. Una vía alternativa podría ser el refuerzo de los **estándares de formación**, la **certificación de competencias** específicas en materia de **igualdad** para los profesionales ya existentes, y el establecimiento de **mecanismos de supervisión** robustos. Este enfoque permitiría aprovechar la base de conocimiento y la infraestructura profesional ya establecida, fomentando la **especialización** y la **competencia** en lugar de la **exclusión**. La calidad de una ley, argumentan, debería manifestarse en su claridad y solidez técnica, permitiendo a los profesionales cualificados aplicarla sin necesidad de blindajes que generen dudas sobre su verdadera finalidad.

En conclusión, la regulación de nuevas profesiones exige un análisis profundo que pondere los beneficios de la especialización frente a los riesgos de la fragmentación del mercado y la exclusión de **expertos** con **trayectoria**. Es fundamental que cualquier propuesta legislativa demuestre que la creación de una **nueva profesión** con **reserva de actividad** es la única vía para alcanzar los objetivos de **interés público**, descartando previamente opciones menos restrictivas que promuevan la **competencia** y el desarrollo de las **capacidades** profesionales existentes. El diálogo constructivo entre el legislador y los diferentes colectivos profesionales es clave para diseñar marcos que sumen valor y no generen barreras innecesarias.

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