sábado, abril 18, 2026
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El Gobierno relaja el concepto de vulnerabilidad migratoria

El Gobierno detalla los criterios de vulnerabilidad para la regularización de extranjeros en situación irregular

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha hecho público el modelo de certificado de vulnerabilidad, uno de los tres ejes principales que permitirán el acceso al proceso de regularización extraordinaria aprobado recientemente mediante real decreto. Este documento técnico establece doce supuestos para acreditar la situación de especial necesidad de los solicitantes, una vía que se suma a la acreditación de actividad laboral o a la existencia de vínculos familiares en España.

Los criterios definidos en el certificado incluyen situaciones como el aislamiento social, el sinhogarismo, la carencia de ingresos suficientes, el riesgo de exclusión económica y la dificultad de acceso al empleo. Asimismo, se contemplan los riesgos psicosociales y una categoría abierta denominada «otros», diseñada para recoger casuísticas no especificadas que puedan comprometer la estabilidad del ciudadano extranjero en situación administrativa irregular.

La validación de estos certificados recaerá en los servicios sociales o en entidades adscritas al Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería (Recex), entre las que se encuentran organizaciones como Cruz Roja y diversos sindicatos. Esta delegación de funciones ha generado debate en el ámbito técnico, dado que el reglamento no establece umbrales económicos precisos —como unos ingresos mínimos específicos— para definir qué se considera «ingresos insuficientes» o «vivienda precaria».

Junto a la vía de la vulnerabilidad, el real decreto contempla la regularización para aquellos que puedan demostrar una relación laboral previa, una oferta de empleo o una declaración responsable de actividad por cuenta propia. La tercera vía es la de arraigo familiar, destinada a quienes tengan hijos menores, personas con discapacidad a su cargo o ascendientes de primer grado residiendo en territorio nacional.

El proceso administrativo ha suscitado observaciones por parte de sectores de la Policía Nacional, que han sido excluidos de la gestión directa de estos expedientes. La principal preocupación técnica radica en el control de los antecedentes penales. Aunque el Ejecutivo exige la carencia de antecedentes, se ha establecido un protocolo que permite acudir a la vía diplomática si el interesado no logra aportar el certificado en un plazo de un mes. El Estado dispondrá de tres meses adicionales para recabarlos; de no obtenerse respuesta, el proceso continúa tras un breve plazo de gracia.

Asimismo, expertos en seguridad advierten de que la ausencia de antecedentes penales no garantiza la inexistencia de antecedentes policiales o procedimientos judiciales en curso, los cuales pueden demorarse años en resolverse y no computan como causa de denegación automática en el presente marco normativo. También se señala la dificultad de contrastar datos con países con los que no existen convenios de colaboración en materia de justicia.

En cuanto al impacto cuantitativo de la medida, las previsiones varían según la fuente. Mientras el Ministerio que dirige Elma Saiz estima que el proceso afectará a cerca de 500.000 personas, entidades como la Fundación de las Cajas de Ahorros (Funcas) elevan la cifra a 840.000. Por su parte, organizaciones sindicales policiales sugieren que el número total podría superar los dos millones de personas si se computan las posteriores reagrupaciones familiares derivadas de los nuevos permisos de residencia.

Finalmente, los funcionarios encargados de la tramitación han manifestado su inquietud ante el plazo fijado para resolver las solicitudes, que expira el próximo 30 de junio. La carga de trabajo prevista y la limitación técnica para analizar pormenorizadamente cada expediente en tan corto periodo de tiempo plantean interrogantes sobre la capacidad de la administración para detectar posibles fraudes documentales antes del cierre del proceso extraordinario.

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