El magistrado Juan Carlos Calama, titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, ha ordenado el requerimiento de la totalidad de los mensajes de correo electrónico asociados al dominio «presidentezapatero.com», vinculado al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero. La medida judicial, que abarca desde el 20 de marzo de 2020 hasta la actualidad, se extiende también a las cuentas profesionales de las hijas del exmandatario en la empresa Whathefav SL, en el marco de una investigación sobre una presunta red de tráfico de influencias y falsedad contable.
El auto judicial, basado en informes de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF), justifica la intervención de las comunicaciones —un derecho protegido por el artículo 18.3 de la Constitución Española— al apreciar «indicios racionales de criminalidad suficientes». El requerimiento ha sido dirigido a los proveedores de servicios tecnológicos Acens Technologies SLU y 10dencehispahard SL, a quienes se les solicita la entrega de todos los mensajes en bandejas de entrada, salida, borradores y elementos eliminados, junto con sus respectivos metadatos.
La investigación sitúa a María Gertrudis Alcázar Jiménez, secretaria del expresidente, como una «pieza operativa esencial» dentro de la organización. Según el magistrado, Alcázar gestionaba la cuenta del dominio oficial de Zapatero desde una oficina en la calle Ferraz de Madrid, identificada en el auto como el «centro físico de coordinación» de la trama. El juez sostiene que dicha cuenta de correo constituía el «nodo central de comunicación interna» para la coordinación de actividades ilícitas.
El análisis de las comunicaciones realizado por la UDEF revela, a juicio del instructor, un «modus operandi estable y reiterado» consistente en la creación de facturas ad hoc sin una prestación de servicios real. El auto detalla intercambios entre la secretaria Alcázar y otros investigados donde se consensuaban conceptos, importes y fechas de facturación para dotar de apariencia legal a movimientos financieros de la red, denominada internamente como «Finance Boutique».
En relación con la mercantil Whathefav SL, vinculada a las hijas de Rodríguez Zapatero, el juez argumenta que la empresa podría haber actuado como un «vehículo instrumental» para la redistribución de fondos y la generación de facturación ficticia. El auto señala que la documentación intervenida y los flujos financieros detectados permiten inferir que la sociedad no desarrollaba una actividad empresarial ordinaria, sino que formaba parte de una estructura diseñada para canalizar fondos hacia el entorno del expresidente.
La resolución judicial subraya que la ubicación física de la oficina de gestión y el uso de la cuenta institucional refuerzan la hipótesis de que el expresidente era conocedor de la operativa financiera. El magistrado considera «incuestionable» la centralidad de la cuenta «presidentezapatero» en la transmisión de instrucciones y la elaboración de los borradores de facturas que sustentaban la actividad económica de la red investigada.
Finalmente, el magistrado ha insistido en la necesidad de acceder a la totalidad de la evidencia digital para garantizar la trazabilidad de los fondos y reconstruir la cadena de mando de la organización. La información requerida a las operadoras deberá ser entregada de forma íntegra, sin distinción de estado de lectura o marcación, con el fin de asegurar la disponibilidad de las pruebas necesarias para el desarrollo de la instrucción judicial.


