El Tribunal Supremo anula la indemnización de 12,8 millones de euros al expresidente del Popular Ángel Ron
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictaminado que el expresidente de Banco Popular, Ángel Ron, no tiene derecho a percibir la compensación por prejubilación que ascendía a 12,8 millones de euros. La resolución estima el recurso de casación interpuesto por Banco Santander, entidad sucesora del Popular, y revoca la sentencia previa de la Audiencia Provincial de Madrid que había fallado a favor del exdirectivo en el año 2021.
El fallo judicial permite a la entidad bancaria aplicar las cláusulas de ajuste previo o reducción («malus») y las de recuperación («clawback») sobre la compensación, cuyo pago se encontraba instrumentado a través de una póliza de seguro de rentas con la compañía Mapfre. Con esta decisión, el Alto Tribunal repone la sentencia inicial dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 47 de Madrid, que ya había validado la pérdida del derecho a estos fondos por parte de Ron.
El núcleo de la controversia jurídica se centraba en la naturaleza de dicha retribución. Mientras que la Audiencia Provincial consideró que se trataba de una pensión de prejubilación blindada, el Tribunal Supremo ha concluido que la suma pactada no constituye una pensión de jubilación, sino una compensación económica por la terminación de la relación contractual. Al ser calificada como una retribución variable ligada al desempeño y a un compromiso de no competencia, queda sujeta a los mecanismos de corrección previstos en la normativa financiera.
Como consecuencia directa del fallo, la aseguradora Mapfre deberá dejar sin efecto las obligaciones de pago contempladas en la póliza y reintegrar a Banco Santander el importe de la prima no consumida. Por su parte, Ángel Ron mantiene la obligación de devolver 215.546 euros percibidos por remuneraciones variables de los ejercicios 2013 y 2014, así como 13.093 euros cobrados por adelantado en el primer trimestre de 2017 por un puesto de consejero que no llegó a ejercer tras su cese en febrero de aquel año.
La sentencia también extiende esta argumentación al ex consejero delegado del Banco Popular, Francisco Gómez. El Supremo ha desestimado el recurso de casación de Gómez, confirmando la aplicación de las mismas cláusulas de reducción y recuperación de incentivos. El tribunal ratifica así que estos pagos estaban vinculados a la gestión de la entidad y que la situación que condujo a la resolución del banco justifica la activación de las cláusulas de penalización sobre las rentas de sus antiguos administradores.
Ángel Ron, que cesó en su cargo en febrero de 2017 meses antes de la intervención de la entidad por parte de las autoridades europeas, dejó de percibir estas rentas en el momento en que se inició el proceso judicial. Con esta resolución definitiva, el Tribunal Supremo cierra la vía civil sobre la millonaria indemnización, consolidando la jurisprudencia sobre la recuperación de variables en el sector bancario bajo situaciones de crisis institucional.


