lunes, junio 8, 2026
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Justicia avala el ERE de Telefónica: indemnización por edad

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid avala el ERE de Telefónica y la diferenciación de indemnizaciones por edad

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado la legalidad del expediente de regulación de empleo (ERE) de Telefónica, al considerar que la fijación de indemnizaciones diferenciadas según la edad de los trabajadores no constituye una práctica discriminatoria. La Sala de lo Social sostiene que estas diferencias se justifican de manera objetiva, razonable y proporcional, atendiendo a la mayor vulnerabilidad laboral de los empleados con un recorrido profesional más amplio por delante.

En una sentencia fechada el pasado 5 de marzo, el alto tribunal madrileño desestima el recurso presentado por un trabajador nacido en 1967 contra un fallo previo del Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid. El demandante, que se acogió voluntariamente al ERE en enero de 2024, alegaba una vulneración del derecho a la igualdad y solicitaba una indemnización adicional por daños morales, al percibir una compensación inferior a la de compañeros de menor edad.

El esquema indemnizatorio del acuerdo, negociado con la representación legal de los trabajadores, establece cuantías que oscilan entre el 68 % del salario para los nacidos en 1968 y el 52 % para los nacidos en 1963 o años anteriores. Según los magistrados, el hecho de que los empleados más jóvenes perciban una mayor indemnización responde a que estos afrontan un «recorrido profesional y vital más incierto», al encontrarse alejados de la edad de jubilación.

Por el contrario, el tribunal subraya que los trabajadores de mayor edad, próximos a los 60 años, se encuentran en una situación de mayor proximidad a la pensión de jubilación y cuentan con facilidades para concertar convenios especiales con la Seguridad Social. Por tanto, la sentencia califica como «razonable y proporcionado» que la compensación económica sea menor en estos casos, dado que el sistema de protección social cubrirá su salida del mercado laboral en un plazo más breve.

La resolución del TSJM se apoya en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que en enero de 2023 ya determinó que no existe discriminación por edad cuando se acuerdan escalas indemnizatorias superiores para los empleados más jóvenes en el marco de una negociación colectiva. En el caso de Telefónica, los magistrados destacan que las condiciones pactadas mejoran en todos los tramos los mínimos legales y contemplan factores de corrección que benefician a quienes perciben salarios más bajos.

Finalmente, la sala destaca la naturaleza voluntaria de la adhesión del trabajador al expediente y la ausencia de cualquier ánimo de represalia por parte de la empresa. Al haber sido fruto de un acuerdo con los sindicatos, el TSJM concluye que las medidas gozan de una presunción de legitimidad y proporcionalidad, ajustándose a los principios de equidad dentro de los procesos de reestructuración empresarial.

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