La Audiencia de Barcelona condena a 15 meses de prisión al tuitero que pidió acoso para la menor de Canet de Mar
La Sección Octava de la Audiencia de Barcelona ha condenado a quince meses y un día de prisión a un usuario de la red social X por un delito contra la integridad moral. El tribunal considera probado que el acusado promovió el acoso escolar hacia una alumna de una escuela de Canet de Mar, cuya familia había obtenido previamente una resolución judicial para que se impartiera el 25% de las clases en castellano.
La sentencia, que también impone el pago de una indemnización de 7.000 euros a la víctima, responsabiliza al procesado de tres delitos contra la integridad moral. Los hechos se remontan al 3 de diciembre de 2021, fecha en la que el condenado publicó un mensaje en el que afirmaba que a la menor «le tendrían que hacer bullying», tras conocerse la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que obligaba al centro público a cumplir con la cuota lingüística solicitada por los padres.
Fundamentos de la resolución judicial
Las magistradas de la Audiencia de Barcelona han dictaminado por unanimidad que la publicación del tuit no fue un hecho aislado sin intención de daño, sino que «perseguía el dolor que para la familia implicaba el llamamiento que efectuaba al aislamiento social de la menor». El fallo subraya que la finalidad del mensaje era provocar el hostigamiento de sus compañeros para denigrarla y vejarla en su entorno escolar.
Durante la vista oral, celebrada el pasado mes de noviembre, la Fiscalía solicitó una pena inicial de dos años de cárcel para el acusado. No obstante, el tribunal ha ajustado finalmente la condena a quince meses y un día, tras evaluar la gravedad de las expresiones vertidas y el impacto en la integridad moral de la alumna y sus familiares.
Este procedimiento judicial es uno de los derivados de la controversia generada en el municipio de Canet de Mar a finales de 2021, cuando el centro educativo se vio obligado a modificar su régimen lingüístico por orden judicial. La sentencia actual enfatiza la protección de la integridad de los menores frente a discursos de odio o incitaciones al acoso a través de plataformas digitales en el marco de conflictos de naturaleza sociopolítica o educativa.


