El Gobierno prohibirá los ultraprocesados en los desayunos y meriendas de los centros educativos
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, en coordinación con el Ministerio de Sanidad, ultima la redacción de un nuevo Real Decreto destinado a garantizar una alimentación saludable en los centros públicos y privados. La normativa incluirá, por primera vez, una regulación específica para los desayunos y meriendas en el ámbito escolar, prohibiendo de forma expresa el uso de productos ultraprocesados y bebidas con azúcares añadidos.
La medida no se limitará exclusivamente a los colegios, sino que extenderá su ámbito de aplicación a hospitales, residencias de mayores y centros de atención para personas dependientes o con necesidades especiales. El objetivo principal de esta iniciativa legislativa es asegurar que las prestaciones alimentarias en estos entornos sean variadas, equilibradas y adaptadas a las necesidades nutricionales de los usuarios.
Criterios nutricionales para el entorno escolar
Según la información facilitada por el Ministerio, los desayunos en los centros educativos deberán ser completos y estar compuestos por al menos tres grupos de alimentos. Entre las opciones permitidas se encuentran las frutas frescas y de temporada, cereales integrales (como pan integral o copos de avena), productos lácteos sin azúcares añadidos, aceites de oliva virgen y alimentos proteicos, tanto de origen animal como vegetal.
En cuanto a las meriendas, la normativa priorizará el consumo de fruta fresca entera y pequeños bocadillos elaborados con pan integral. Se fomentará el uso de productos con bajo contenido en sal y se prohibirán aquellos que contengan ácidos grasos trans o un alto nivel de grasas saturadas. Con esta regulación, el Gobierno busca alinear estas comidas adicionales con los estándares ya establecidos en el Real Decreto de Comedores Escolares Saludables y Sostenibles.
Exclusión de productos ultraprocesados
El Real Decreto define de forma clara los alimentos que quedarán excluidos de la oferta educativa y sociosanitaria por su deficiente perfil nutricional. Esta lista negra incluye la bollería industrial, galletas, snacks salados, platos precocinados, postres lácteos azucarados y todo tipo de bebidas edulcoradas o con azúcares añadidos. La selección de alimentos deberá regirse estrictamente por criterios de salud pública para combatir los índices de obesidad y enfermedades relacionadas con la dieta.
Sostenibilidad y reducción de plásticos
Más allá de la composición nutricional, la nueva normativa incorpora exigencias en materia de sostenibilidad ambiental. El texto promoverá la reducción de desechos contaminantes mediante la limitación de envases y vajillas de plástico de un solo uso. Este mandato afectará tanto a los procesos de elaboración en cocina como al servicio final al usuario, incentivando el empleo de materiales biodegradables o reutilizables en todos los centros afectados por el decreto.
Con esta regulación, España avanza en la armonización de sus políticas de salud y consumo, estableciendo un marco jurídico vinculante que garantiza que el acceso a la alimentación en los servicios públicos se realice bajo criterios de excelencia nutricional y responsabilidad medioambiental.


