La Audiencia Provincial de Madrid suspende la entrada en prisión de Francisco Javier Gómez Iglesias
La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta a Francisco Javier Gómez Iglesias, conocido como «El Pequeño Nicolás», por el caso del acceso no autorizado a bases de datos policiales. La decisión judicial, que cuenta con el informe favorable del Ministerio Fiscal, queda condicionada a que el condenado no incurra en nuevas actividades delictivas durante un periodo de cuatro años y al abono íntegro de una multa económica de 1.800 euros.
A través de un auto al que han tenido acceso diversos medios de comunicación, los magistrados han formalizado este beneficio tras la última resolución del Tribunal Supremo, que el pasado mes de marzo rebajó la pena a dos años, un mes y quince días de prisión. El tribunal advierte en su escrito que cualquier incumplimiento de las condiciones fijadas derivará en la revocación de la suspensión y la consecuente ejecución de la pena privativa de libertad.
La decisión de la Audiencia se fundamenta en la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas, calificada como «muy cualificada» por el Tribunal Supremo. Los hechos objeto de la condena se remontan a casi doce años atrás, lo que motivó que el alto tribunal redujera sustancialmente la pena inicial de cuatro años y tres meses dictada originalmente por la audiencia madrileña.
En el razonamiento jurídico del auto, los magistrados señalan que, dado el tiempo transcurrido desde la comisión de los delitos y la ausencia de nuevos antecedentes en este periodo, el cumplimiento de la pena de prisión no resulta estrictamente necesario para prevenir la comisión de futuros delitos. El tribunal sostiene que la suspensión de la condena favorece el «efecto resocializador» del penado, priorizando mecanismos de rehabilitación y readaptación social sobre el internamiento penitenciario.
Gómez Iglesias fue condenado por acceder a información confidencial contenida en bases de datos de las fuerzas y cuerpos de seguridad. Con esta resolución, el sistema judicial opta por una vía sustitutiva condicionada, emitiendo un pronóstico de reiteración delictiva favorable, siempre que se respeten las garantías de conducta y las obligaciones económicas impuestas por la sala durante el cuatrienio de vigilancia judicial.


