lunes, febrero 2, 2026
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Tercer grado para De Miguel, ex-PNV condenado por corrupción

La concesión del tercer grado penitenciario a Alfredo de Miguel, exdirigente del PNV de Álava y figura central en una de las tramas de corrupción más sonadas en Euskadi, ha generado un amplio debate sobre los mecanismos de la justicia y la rehabilitación. Esta medida se produce apenas dos años y siete meses después de su ingreso en prisión, un periodo que muchos consideran breve dada la magnitud de los delitos por los que fue condenado a más de una década de reclusión.

Un Avance Rápido en la Clasificación Penitenciaria

Alfredo de Miguel, cuyo ingreso en el centro penitenciario se efectuó en julio de 2023, recibió una sentencia de 12 años y 4 meses. Sin embargo, el cálculo efectivo de su condena se estimó en alrededor de nueve años. La rapidez con la que ha avanzado en el sistema de grados ha llamado la atención. Tras poco más de un año de internamiento, ya había accedido a un régimen que le permitía flexibilizar su estancia, trabajando en el exterior y regresando a dormir al centro, un paso previo a la actual clasificación de semilibertad.

La Decisión Judicial Frente al Criterio de la Prisión

Un aspecto crucial en este caso es la divergencia de criterios entre la autoridad judicial y los órganos de la administración penitenciaria. La juez de vigilancia penitenciaria fue quien finalmente otorgó el tercer grado, desestimando la postura de la Junta de Tratamiento y el Centro Directivo de la prisión de Basauri, quienes eran partidarios de mantener a De Miguel en un régimen de semilibertad más restrictivo. Esta decisión judicial, motivada por una queja presentada por el propio interno, subraya el peso de la supervisión judicial en el cumplimiento de las penas.

El Régimen del Artículo 100.2 como Antesala

Antes de alcanzar el tercer grado, De Miguel se benefició del artículo 100.2 del reglamento penitenciario, una medida que permite una mayor flexibilidad sin llegar a la libertad condicional. Bajo este régimen, fue trasladado de la prisión de Zaballa a la de Basauri, desde donde podía salir diariamente para desempeñar labores en una consultoría de Bizkaia y retornar a pernoctar. Este estadio intermedio, implementado tras solo trece meses de condena, ya le ofrecía un contacto significativo con el exterior, preparando el terreno para la progresión actual.

Implicaciones del Tercer Grado y la Percepción Pública

La clasificación en tercer grado, también conocido como régimen abierto, permite al condenado cumplir el resto de su pena en un entorno de semilibertad, a menudo pernoctando en su domicilio. Los requisitos suelen incluir una evolución favorable, buena conducta, haber cumplido una porción significativa de la condena, contar con apoyo familiar y arraigo. Sin embargo, la celeridad en casos de corrupción política genera interrogantes en la ciudadanía sobre la eficacia de las condenas y la equidad del sistema. Este tipo de decisiones alimentan el debate sobre si la flexibilidad penitenciaria se aplica de manera uniforme, especialmente en casos de delitos que afectan directamente la confianza pública.

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