El BOE reconoce la inexistencia de un inventario oficial sobre las leyes vigentes en España
La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE) ha manifestado que no dispone de un inventario estadístico de carácter oficial que permita determinar con precisión el conjunto de normas con rango de ley que permanecen vigentes en el ordenamiento jurídico español. En una resolución emitida tras una solicitud de acceso a la información pública, el organismo ha proporcionado un recuento orientativo de 2.306 normas, aunque advierte que dicha clasificación carece de valor jurídico y está supeditada a las limitaciones técnicas de sus bases de datos.
De acuerdo con la documentación facilitada, el registro actual del organismo identifica 338 leyes orgánicas, 1.396 leyes ordinarias, 38 reales decretos legislativos, 450 reales decretos leyes y 84 decretos leyes. No obstante, la Agencia subraya que 1.065 de estas disposiciones no cuentan todavía con un texto consolidado y actualizado en su base de datos, lo que dificulta el seguimiento pormenorizado de las modificaciones que hayan podido sufrir a lo largo del tiempo.
El informe técnico revela una notable pervivencia de normativa histórica. El BOE identifica 478 normas anteriores a la Constitución de 1978 que todavía se consideran vigentes. Entre ellas destaca, por su antigüedad, una disposición del 17 de junio de 1855 relativa a los derechos de sucesión de las Grandezas de España y Títulos de Castilla. Asimismo, continúa formando parte del registro legislativo la Ley de 18 de junio de 1870, que regula el ejercicio del derecho de gracia de indulto, una norma aprobada durante el Sexenio Democrático que sigue operando tras diversas actualizaciones.
La Agencia Estatal ha precisado que el análisis documental de la legislación anterior a 1978 presenta un grado de completitud menor que el de las normas posteriores. Su base de datos legislativa integral comienza en el año 1960, mientras que para los periodos precedentes solo se dispone de una selección de normas. Entre el catálogo de leyes que sobreviven en el sistema se encuentran también múltiples disposiciones aprobadas durante la etapa franquista, entre los años 1938 y 1977.
Desde una perspectiva técnica y jurídica, el organismo aclara que la vigencia de una norma no depende de su inclusión en una base de datos administrativa, sino de la propia dinámica del ordenamiento jurídico, como las derogaciones expresas o tácitas. Por tanto, el listado ofrecido responde a criterios de gestión documental y no posee efectos normativos. El BOE también admite que no existe un recuento específico sobre leyes que mantienen una vigencia parcial o cuya aplicación está sujeta a límites temporales.
Para paliar estas lagunas informativas, el BOE mantiene un proceso de revisión gradual de la normativa anterior a 2020 con el fin de identificar aquellas leyes cuyo objeto se ha extinguido. Como medida de transparencia y fomento de la reutilización de datos, la Agencia ofrece una API que permite a sistemas informáticos externos consultar y descargar de forma masiva la legislación consolidada en formatos digitales compatibles, facilitando el análisis del complejo entramado normativo español.


