viernes, abril 17, 2026
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Absuelven a Echenique por su tuit sobre abusos en la Iglesia

La Audiencia de Madrid absuelve a Pablo Echenique del delito de odio por sus críticas a la Iglesia

La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado la absolución de Pablo Echenique, exdirigente de Podemos, del presunto delito de odio por el que había sido procesado. La causa se originó a raíz de una querella presentada por la organización Abogados Cristianos, motivada por un mensaje publicado por el expolítico en redes sociales donde comparaba la incidencia de delitos de agresión sexual entre el clero y la población migrante.

El tribunal ha desestimado íntegramente las pretensiones de la acusación particular, que solicitaba para Echenique una pena de un año de prisión, además de multas e inhabilitación. La sentencia concluye que, si bien el contenido del mensaje puede resultar ofensivo para ciertos sectores, no concurren los elementos jurídicos necesarios para calificarlo como un delito de odio tipificado en el Código Penal.

Los hechos analizados se remontan al pasado 10 de mayo de 2024, cuando Echenique publicó en la red social X que, según su interpretación estadística, es «mucho más probable que un sacerdote cometa un delito de agresión sexual contra menores de edad que delinca una persona migrante». En el mismo mensaje, el exdirigente afirmaba que sería más eficaz «deportar sacerdotes que endurecer la política migratoria» desde la perspectiva de la seguridad ciudadana.

En los fundamentos de derecho, el tribunal califica la publicación como «desacertada» e «impropia» de una figura con relevancia pública, subrayando que las comparaciones realizadas carecen de rigor. No obstante, los magistrados consideran que las expresiones se enmarcan dentro de la libertad de expresión y del debate político, descartando que el mensaje tuviera la capacidad de incitar a la violencia o al odio real contra el colectivo religioso.

La resolución judicial hace especial énfasis en el contexto de la publicación. La Audiencia resalta que el mensaje de Echenique surgió como una respuesta directa a unas declaraciones previas del arzobispo de Oviedo sobre la política migratoria del Gobierno. En dichas declaraciones, el prelado había advertido sobre los riesgos de una apertura «buenista», señalando que podrían entrar personas «indeseadas» en el país.

Con este fallo, la justicia madrileña ratifica la doctrina de que los mensajes provocadores o críticos, incluso cuando afectan a instituciones religiosas, no pueden ser perseguidos penalmente a menos que supongan una amenaza directa a la paz pública o a la integridad de los colectivos mencionados.

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