viernes, abril 24, 2026
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Multas por dejar muebles en el rellano: ¿Qué dice la LPH?

La Ley de Propiedad Horizontal prohíbe el uso de zonas comunes para el almacenaje durante mudanzas

El uso de rellanos, pasillos y otras zonas comunes como espacio de almacenamiento temporal durante los procesos de mudanza contraviene lo dispuesto en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) y las Ordenanzas de Prevención de Incendios. A pesar de ser una práctica recurrente por razones logísticas, el depósito de muebles, cajas o enseres personales en estas áreas puede derivar en sanciones económicas y procedimientos judiciales para los propietarios responsables.

La normativa vigente establece que los elementos comunes del edificio deben permanecer despejados para garantizar la libre circulación de los vecinos y, fundamentalmente, para asegurar la operatividad de las vías de evacuación en caso de emergencia. El artículo 9.1.a) de la LPH es explícito al señalar la obligación de cada propietario de respetar las instalaciones generales y demás elementos comunes, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos.

Riesgos para la seguridad y el orden público

Más allá de las cuestiones estéticas o de convivencia, la prohibición se fundamenta en criterios estrictos de seguridad. La acumulación de objetos en los pasillos reduce la anchura mínima establecida por la normativa de habitabilidad y seguridad contra incendios. Esta reducción del espacio dificulta la salida rápida de los residentes y entorpece la entrada de los equipos de rescate o servicios de emergencia si fuera necesario.

Desde una perspectiva jurídica, dejar un sofá, un armario o cajas en el rellano se califica como un «uso inadecuado» de la propiedad colectiva. Aunque el espacio se encuentre frente a la puerta de la vivienda privada, su naturaleza jurídica sigue siendo la de un elemento común, lo que impide su aprovechamiento privativo sin el consentimiento administrativo y de la junta de propietarios.

Protocolos de actuación de la comunidad

Ante el incumplimiento de estas disposiciones, la comunidad de propietarios dispone de un protocolo escalonado de actuación. En primera instancia, se recomienda la comunicación verbal con el vecino infractor. De persistir la ocupación del espacio, el presidente de la comunidad está facultado para emitir un aviso formal por escrito, advirtiendo de las consecuencias legales derivadas del bloqueo de las zonas comunes.

En los casos más graves de contumacia, la comunidad puede iniciar acciones por la vía judicial bajo la acusación de realizar actividades molestas o insalubres. Según la gravedad de los hechos y la reiteración, un juez podría dictaminar no solo el pago de multas y el cese inmediato de la actividad, sino incluso la privación del derecho al uso de la vivienda por un tiempo determinado, tal como contempla la legislación para infracciones graves de los estatutos o la ley.

Expertos en administración de fincas recuerdan que el cumplimiento de la Ley de Propiedad Horizontal es fundamental para evitar inspecciones técnicas desfavorables que podrían acarrear sanciones administrativas para la totalidad de los copropietarios del inmueble.

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