lunes, junio 8, 2026
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11 años de cárcel para el militar que mató a su mujer en Vallecas

La Audiencia de Madrid condena a once años de prisión a un capitán del Ejército por el asesinato de su esposa

La Audiencia Provincial de Madrid ha impuesto una pena de once años y seis meses de prisión a un capitán del Ejército de Tierra por el asesinato de su esposa, cometido en noviembre de 2023 en el distrito de Puente de Vallecas. La sentencia, fundamentada en el veredicto de un Tribunal del Jurado, considera al procesado responsable de un delito de asesinato y otro de lesiones psíquicas, concurriendo en ambos la eximente incompleta de trastorno mental.

El fallo judicial establece, además de la pena privativa de libertad, la prohibición de comunicación y aproximación a sus dos hijos menores de edad durante un periodo de 13 años. Asimismo, el tribunal ha decretado la privación de la patria potestad sobre los descendientes y una medida de libertad vigilada de diez años, que se hará efectiva una vez cumplida la estancia en prisión. En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar con un total de 500.000 euros a los familiares: 150.000 euros para cada hijo y 100.000 euros para cada uno de los progenitores de la víctima.

Los hechos probados se sitúan en el contexto de una crisis matrimonial en la que la víctima había interpuesto una demanda de divorcio un mes antes del suceso. Según el relato de la sentencia, tras una discusión iniciada durante una salida familiar, el acusado estranguló a su mujer en el domicilio común. La agresión se produjo de forma sorpresiva, lo que impidió cualquier defensa eficaz por parte de la víctima, quien falleció dos días después en el Hospital Gregorio Marañón debido a un fallo multiorgánico derivado de la asfixia.

Para la determinación de la pena, el tribunal ha tenido en cuenta la alteración de las facultades intelectivas y volitivas del acusado. El jurado determinó que el militar actuó bajo un episodio disociativo en el marco de un trastorno explosivo intermitente. Del mismo modo, se han apreciado las atenuantes de confesión y colaboración, dado que fue el propio condenado quien alertó a los servicios de emergencia tras el ataque, y de reparación del daño, al haber consignado previamente más de 287.000 euros para las indemnizaciones.

La resolución judicial recoge el impacto psicológico sufrido por los hijos menores, uno de los cuales presenció los hechos. Durante la vista oral, el procesado manifestó su arrepentimiento, calificando su conducta como una acción ajena a su control habitual. La Fiscalía, por su parte, solicitaba inicialmente una pena de 27 años de prisión al apreciar los agravantes de parentesco y de género, extremos que han sido modulados por la aplicación de la eximente incompleta de trastorno mental.

Con esta sentencia, la Audiencia Provincial de Madrid cierra en primera instancia un procedimiento que ha sido juzgado bajo la modalidad de jurado popular, reafirmando la autoría de los hechos pero ajustando la sanción penal a las circunstancias psicopatológicas acreditadas durante el plenario.

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