martes, junio 16, 2026
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Congreso rechaza enmiendas de PP y Junts para elecciones

La Mesa del Congreso rechaza las enmiendas de PP y Junts para solicitar un adelanto electoral

La Mesa del Congreso de los Diputados ha acordado no admitir a trámite las enmiendas presentadas por el Partido Popular y Junts per Catalunya en las que se instaba al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a la convocatoria inmediata de elecciones generales. El órgano de gobierno de la Cámara fundamenta su decisión en que la prerrogativa de disolución de las Cortes y el adelanto de los comicios es una facultad que corresponde en exclusiva al jefe del Ejecutivo, según han confirmado fuentes parlamentarias.

La decisión ha sido adoptada gracias a la mayoría que el PSOE y Sumar mantienen en la Mesa. Según el criterio aplicado, las iniciativas de los grupos de la oposición no guardan encaje reglamentario, dado que el Parlamento no tiene competencias para obligar al presidente a ejercer una función que la Constitución Española le atribuye de manera unipersonal y discrecional.

El Partido Popular y Junts habían intentado utilizar el trámite de enmiendas en diversas iniciativas legislativas para forzar un pronunciamiento de la Cámara sobre el fin de la legislatura. No obstante, los servicios jurídicos y la mayoría de los miembros del órgano rector han coincidido en que admitir estas propuestas supondría una distorsión de los procedimientos legislativos habituales y una invasión de las competencias del poder ejecutivo.

Con este rechazo administrativo, las pretensiones de ambos grupos de elevar al pleno la petición de elecciones quedan bloqueadas. La Mesa reitera así la doctrina parlamentaria que protege las prerrogativas constitucionales del Gobierno frente a intentos de control que excedan el marco normativo de las proposiciones y enmiendas.

Esta resolución se produce en un contexto de intensa actividad parlamentaria y de presión por parte de los bloques de la oposición hacia la gestión del Ejecutivo. La decisión asegura que el calendario electoral permanezca bajo el control exclusivo de la Presidencia del Gobierno, conforme a lo establecido en la Carta Magna.

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