miércoles, julio 1, 2026
InicioEspañaTSJM avala sondeos en Valle de los Caídos por Ley de Memoria

TSJM avala sondeos en Valle de los Caídos por Ley de Memoria

El TSJM levanta la suspensión de los sondeos en Cuelgamuros en favor del interés general

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado el levantamiento de la suspensión cautelar que pesaba sobre los trabajos de perforación y sondeos en el Valle de Cuelgamuros, anteriormente conocido como Valle de los Caídos. El tribunal fundamenta su decisión en que mantener la paralización de las obras podría generar «perjuicios a los intereses generales» y obstaculizar el cumplimiento de la Ley de Memoria Democrática, la cual establece un procedimiento de resignificación para el conjunto monumental.

A través de un auto reciente, la sala anula la medida adoptada el mes pasado, que había detenido preventivamente las prospecciones tras un recurso presentado por la Asociación para la Reconciliación y la Verdad Histórica. En esta nueva resolución, los magistrados alegan que la Ley de Memoria Democrática recoge entre sus fines una transformación del recinto que implica necesariamente la ejecución de diversas obras para modificar su actual configuración y uso institucional.

El tribunal ha atendido los argumentos de la Abogacía del Estado, que sostiene que las labores iniciadas el pasado 8 de junio son de carácter técnico y preparatorio. Según los informes presentados, estos sondeos son imprescindibles para elaborar el estudio geotécnico que requiere el proyecto básico del futuro Memorial de Cuelgamuros. El auto subraya que los trabajos consisten en la toma de muestras para conocer la composición físico-mecánica del terreno y no comprometen la estructura del conjunto.

En cuanto a la integridad del monumento, el TSJM resalta que las intervenciones son «fácilmente reversibles», limitándose a la retirada temporal de pequeñas losas o planchas de hormigón que pueden ser recolocadas sin afectar a elementos arquitectónicos significativos como la fachada o los elementos artísticos del complejo. La justicia determina que, tras analizar las pruebas, no queda acreditada una «vía de hecho» por parte de la Administración ni se aprecia que actúe sin el título administrativo habilitante necesario.

La resolución judicial rectifica el criterio anterior del propio tribunal, que en su momento accedió a la cautelar por posibles daños urgentes en el conjunto monumental. Con este fallo, el Ejecutivo queda habilitado para continuar con los trabajos de campo necesarios para la redacción final del proyecto de resignificación, un proceso que, según el auto, se vería indebidamente dilatado en el tiempo si se mantuviera la suspensión de las tareas técnicas.

RELATED ARTICLES

Most Popular

Recent Comments