viernes, julio 3, 2026
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Plus Ultra: Juez ordena a la UDEF proteger datos de Zapatero

La Audiencia Nacional ordena a la UDEF excluir datos personales irrelevantes en la investigación sobre Zapatero

El magistrado de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, ha dictado una orden dirigida a la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional para que se abstenga de incluir información innecesaria o datos personales ajenos a la causa en los anexos de sus informes. Esta instrucción se enmarca en la investigación del denominado caso Plus Ultra, en el que se analiza la actividad del expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero.

En un auto emitido este viernes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 ha dispuesto que la fuerza actuante debe limitar estrictamente el contenido de sus informes a los hechos que son objeto de estudio. El juez enfatiza la obligatoriedad de evitar la incorporación de documentación que resulte irrelevante para el procedimiento judicial, garantizando así la protección de datos personales que no guarden relación directa con las pesquisas.

La resolución judicial se produce tras la solicitud de amparo presentada por la representación legal de Rodríguez Zapatero. El expresidente requirió la intervención del magistrado después de que trascendieran los anexos de un informe policial del pasado 22 de junio, los cuales incorporaban de manera íntegra sus agendas personales y diversas conversaciones mantenidas a través de la plataforma de mensajería WhatsApp.

El magistrado Calama ha señalado que los anexos deben ajustarse a la pertinencia y utilidad para el esclarecimiento de los hechos. Con este mandato, el tribunal busca salvaguardar el derecho a la intimidad frente a la inclusión de información que no aporte valor probatorio a la instrucción del caso Plus Ultra, manteniendo el rigor en el tratamiento de la información sensible aportada por la Policía Nacional.

De este modo, la Audiencia Nacional delimita el alcance de la actividad de la UDEF en la recolección de pruebas, instando a una depuración técnica de los informes para que estos se ciñan exclusivamente a la materia penal investigada, excluyendo cualquier ámbito de la vida privada de los intervinientes que resulte ajeno al objeto del proceso.

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