La custodia compartida de hijos menores en España superó por primera vez el umbral del 50% durante el año 2025, situándose específicamente en el 50,8% de los casos de divorcio con descendientes. Según los datos de la Estadística de Nulidades, Separaciones y Divorcios (ENSD) publicada este jueves por el Instituto Nacional de Estadística (INE), esta cifra representa el máximo histórico de la serie estadística, mientras que el volumen total de rupturas matrimoniales experimentó un descenso global del 3,4% respecto al ejercicio anterior.
Durante el pasado año se contabilizaron un total de 83.683 procedimientos de nulidad, separación y divorcio, lo que arroja una tasa de 1,7 casos por cada 1.000 habitantes. El divorcio continúa siendo la modalidad predominante de disolución matrimonial, representando el 96,5% del total con 80.785 casos, a pesar de haber registrado una disminución del 2,7% en términos anuales. Por su parte, las separaciones sufrieron una caída más pronunciada del 20,3%, limitándose a 2.872 procesos, mientras que las nulidades mantuvieron una presencia marginal con 27 registros.
En el desglose de la guarda y custodia de los hijos menores en matrimonios de diferente sexo, el informe revela que, tras el 50,8% de custodia compartida, el 45,3% de los casos fue otorgado a la madre y el 3,4% al padre. El organismo estadístico resalta la tendencia ascendente de la modalidad compartida, que creció 1,1 puntos en comparación con los datos de 2024. Respecto a la naturaleza del proceso, el 80,5% de los divorcios se tramitaron por la vía no contenciosa, consolidando el mutuo acuerdo como la fórmula habitual de resolución.
La duración media de los matrimonios disueltos se situó en 16,2 años, una cifra similar a la del ejercicio precedente. El análisis demográfico señala que el 31,2% de las rupturas se produjeron después de dos décadas de convivencia o más. La mayor incidencia de divorcios se concentró en la franja de edad comprendida entre los 40 y 49 años, tanto en hombres como en mujeres. Asimismo, la edad media de los cónyuges en el momento del procedimiento fue de 49,1 años para los varones y de 46,6 años para las mujeres.
En el ámbito de las obligaciones económicas, se asignó una pensión alimenticia en el 53,7% de los divorcios entre personas de diferente sexo. En el 52,1% de estos supuestos, el pago correspondió al padre; en el 3,8% a la madre, y en el 44,1% restante fue asumido por ambos progenitores. Por otro lado, la pensión compensatoria se fijó únicamente en el 6,4% de los procedimientos, recayendo la obligación del pago sobre el esposo en el 91,4% de estas resoluciones.
Finalmente, la distribución territorial muestra disparidades en la tasa de disoluciones por cada 1.000 habitantes. La ciudad autónoma de Ceuta registró el índice más elevado del país con un 2,5. En el extremo opuesto, la comunidad autónoma de Castilla y León presentó la menor tasa de litigiosidad matrimonial, con 1,4 procedimientos por cada millar de residentes, por debajo de la media nacional establecida en el 1,7.


