Condena de prisión para el patrón de una patera por el traslado irregular de 15 personas a las costas de Almería
La Audiencia Provincial de Almería ha dictado una sentencia de cuatro años y tres meses de prisión contra el piloto de una embarcación que transportó a 15 personas de origen argelino desde las costas africanas hasta España. La resolución judicial confirma la responsabilidad del acusado en un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y otro de lesiones, derivado de las heridas sufridas por uno de los ocupantes durante la travesía.
El fallo, emitido en firme tras el reconocimiento de los hechos por parte del acusado, establece que el condenado actuó en connivencia con terceros para promover la inmigración clandestina. Los ocupantes de la embarcación, entre los que se hallaba un menor de edad, habrían abonado cantidades de hasta 7.500 euros por persona a la organización para garantizar su traslado en una lancha neumática de seis metros de eslora.
Durante la vista, quedó acreditado que el procesado carecía de cualquier tipo de pericia o capacitación técnica para la navegación. La travesía, que se inició en la madrugada del 11 de noviembre de 2025, se realizó sin sistemas de iluminación y bajo condiciones meteorológicas adversas que provocaron la entrada de agua en el bote. La combinación del agua con el combustible almacenado sin seguridad causó quemaduras de consideración en la zona lumbar de uno de los viajeros, quien precisó quince días de tratamiento médico.
La embarcación fue finalmente interceptada por el Servicio Marítimo de la Guardia Civil a unos siete kilómetros de la costa de Almería, tras haber permanecido a la deriva en varios tramos del recorrido. En el momento de la intervención, los agentes incautaron al piloto la suma de 1.000 euros en efectivo, cantidad que el tribunal ha identificado como la comisión directa percibida por las labores de patronaje de la patera.
En su argumentación jurídica, el tribunal ha subrayado el «concreto peligro» que supuso la expedición para la integridad física de los pasajeros. La resolución destaca que la nave viajaba con un exceso de carga, transportaba garrafas de combustible sin protección y carecía de cualquier medida de seguridad o equipos de auxilio básicos para una navegación de estas características.
Esta sentencia se suma a las actuaciones judiciales recientes contra las redes de tráfico de personas en el arco mediterráneo, reforzando la jurisprudencia relativa a la responsabilidad de los patrones en situaciones de riesgo extremo para la vida humana en el mar.


