viernes, julio 10, 2026
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El TC respalda la ley que exige euskera a funcionarios vascos

El Tribunal Constitucional inadmite la cuestión de inconstitucionalidad sobre los perfiles de euskera en la administración vasca

El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado no admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en relación con la Ley de Empleo Público del País Vasco. El tribunal de garantías ha rechazado analizar el escrito relativo al artículo 187.5 de dicha norma, el cual establece la obligatoriedad de asignar perfiles lingüísticos de euskera a la totalidad de los puestos de trabajo en las administraciones públicas de la comunidad autónoma.

Tras esta resolución, el alto tribunal vasco deberá retomar y resolver los recursos contencioso-administrativos interpuestos por el Partido Popular y Vox. Estas formaciones políticas motivaron la elevación de la consulta al órgano constitucional al impugnar el decreto 19/2024 de normalización del uso del euskera, por considerar que la normativa de empleo público subyacente podría vulnerar derechos fundamentales recogidos en la Carta Magna.

El núcleo de la controversia jurídica se centra en el artículo 187.5 de la Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco. Este precepto determina que todos los puestos de trabajo en las administraciones vascas, sus instituciones y organismos, incluidos los de naturaleza temporal o coyuntural, deben contar con un perfil lingüístico asignado de acuerdo con las necesidades comunicativas atribuidas a cada plaza.

En su auto de planteamiento, la sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJPV argumentó que la exigencia de perfiles lingüísticos para todos los puestos podría contravenir el principio de proporcionalidad en el acceso a los empleos y cargos públicos, garantizado por el artículo 23 de la Constitución Española. El tribunal autonómico sostuvo que el establecimiento universal de estos requisitos constituye un elemento objetivamente disuasorio para los aspirantes que solo dominan el castellano.

La decisión del Tribunal Constitucional se adoptó el pasado 23 de junio, coincidiendo temporalmente con la actividad legislativa en el Parlamento Vasco. Apenas dos días después de dicha deliberación, la Cámara autonómica aprobó, con los votos de PNV y EH Bildu, una modificación de la Ley de Empleo Público destinada a reforzar las garantías jurídicas de los requisitos lingüísticos en las Ofertas Públicas de Empleo (OPE).

Con la publicación de esta resolución este miércoles, se cierra la vía constitucional directa sobre el precepto legal, trasladando de nuevo la responsabilidad del fallo definitivo al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. El tribunal regional deberá ahora dirimir si los decretos de desarrollo se ajustan a derecho, una vez que el Constitucional ha declinado evaluar la validez del artículo habilitante de la ley autonómica.

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