miércoles, octubre 21, 2026
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Elecciones 29-N: Plazo para presentar candidaturas

Abre el plazo para la presentación de candidaturas a las elecciones generales del 29 de noviembre

Este miércoles se inicia el periodo oficial para que las formaciones políticas y coaliciones electorales registren ante las juntas electorales provinciales sus listas de candidatos al Congreso de los Diputados y al Senado. El proceso, fundamental para la concurrencia a los comicios del próximo 29 de noviembre, permanecerá abierto hasta el lunes 26 de octubre, fecha límite para la entrega de las papeletas completas.

Tras haberse cumplido el plazo legal para el registro de coaliciones, los principales partidos ultiman ahora el orden de sus integrantes. El Comité Federal del PSOE ratificó el pasado sábado sus propuestas, mientras que el Partido Popular continúa con el anuncio progresivo de sus cabezas de lista. Se prevé que las organizaciones apuren los plazos legales para desvelar la composición definitiva de sus candidaturas en todas las circunscripciones.

En el ámbito del Senado, las negociaciones se mantienen activas para definir la arquitectura institucional de las listas. El PSOE y Frente Amplio avanzan en la configuración de la coalición ‘Senado de Progreso’, bajo la premisa ya confirmada de que los socialistas encabezarán las candidaturas conjuntas. De forma paralela, el Partido Popular y Vox han reconocido el mantenimiento de contactos para explorar fórmulas de colaboración en la Cámara Alta que optimicen el rendimiento electoral del bloque de centroderecha.

De acuerdo con el calendario electoral vigente, las candidaturas presentadas se harán públicas en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el miércoles 28 de octubre. A partir de esa fecha, se habilitará un periodo técnico para la subsanación de posibles irregularidades o errores ante las juntas electorales correspondientes.

Finalmente, la proclamación oficial de las candidaturas tendrá lugar el 2 de noviembre, con una nueva publicación en el BOE prevista para el día siguiente. Una vez superado este trámite, la configuración de las listas solo podrá ser modificada mediante la interposición de recursos ante los tribunales de justicia.

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