Un reciente informe elaborado por investigadores de EsadeGeo y AP Institute concluye que la iniciativa «EU Inc.», la nueva forma societaria impulsada por la Comisión Europea, constituye la respuesta más ambiciosa hasta la fecha contra la fragmentación del derecho de sociedades en la Unión. No obstante, los autores advierten de que el proyecto presenta «debilidades de diseño» que podrían comprometer su eficacia real y su seguridad jurídica en el marco del mercado interior.
La propuesta, presentada por el Ejecutivo comunitario el pasado mes de marzo, busca permitir la constitución de empresas en cualquier punto de la Unión Europea en un plazo de 48 horas, sin capital mínimo y con un coste máximo de 100 euros. A pesar de respaldar la creación de esta figura, el estudio subraya que el principal desafío de la economía europea no es la creación de empresas, sino su capacidad de escalabilidad. Los datos reflejan que, mientras la UE cuenta con más de 40.000 startups tecnológicas, solo 331 han alcanzado la categoría de «unicornio», frente a las casi 2.000 existentes en Estados Unidos.
El informe identifica que las barreras críticas aparecen tras la constitución de las sociedades, debido a la coexistencia de veintisiete regímenes nacionales en materias fiscales, laborales y contables. En este contexto, los investigadores sostienen que la «EU Inc.» no puede equipararse todavía a un «Delaware europeo». Según Esteban González Guitart, coautor del informe, la elección de Delaware por parte de los inversores no responde a la agilidad administrativa, sino a la previsibilidad normativa que ofrecen décadas de jurisprudencia y tribunales especializados.
Asimismo, el documento destaca la brecha financiera como un obstáculo estructural. Cada año, aproximadamente 300.000 millones de euros de ahorro europeo se trasladan al mercado estadounidense en busca de mayor rentabilidad y liquidez. Ante esta situación, el informe propone que la negociación de la «EU Inc.» avance de forma conjunta con la Unión de Ahorros e Inversiones, advirtiendo de que una forma societaria armonizada no evitará por sí sola que las empresas europeas busquen financiación y coticen fuera de la Unión.
En el ámbito legislativo, la propuesta enfrenta dificultades técnicas. El Servicio Jurídico del Consejo ha expresado reservas sobre el uso del artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la UE como base jurídica, ya que este permite aproximar legislaciones nacionales pero no necesariamente crear nuevas figuras desde cero. Esta «paradoja estructural» implica que cuanto más genuinamente europea sea la norma, mayor es su vulnerabilidad ante una impugnación, mientras que una mayor remisión a leyes nacionales diluye su propósito original de reducir la fragmentación.
Para evitar el uso oportunista del nuevo régimen, como el «forum shopping» o la creación de sociedades pantalla, el informe y el Parlamento Europeo abogan por incluir cláusulas antiabuso. El borrador del ponente socialdemócrata René Repasi propone vincular las obligaciones laborales y de participación de los trabajadores al país donde se desarrolla la actividad real y no exclusivamente al domicilio social. Además, el pleno del Parlamento ya ha reclamado que solo las empresas con actividad económica real puedan acogerse a este régimen para evitar la elusión fiscal.
La tramitación de la «EU Inc.» entra ahora en una fase decisiva bajo la supervisión de la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo. Por su parte, el Consejo tiene como objetivo alcanzar un acuerdo político antes de que finalice el año bajo la Presidencia irlandesa. De cumplirse los plazos previstos en el calendario legislativo, las primeras sociedades constituidas bajo esta nueva figura jurídica podrían empezar a operar en el territorio comunitario en el año 2027.


