La Fiscalía recurre la condena de David Sánchez por falta de pruebas y «ausencia de elementos objetivos»
El Ministerio Fiscal ha interpuesto un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) contra la sentencia que condenó a David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, y a otros diez investigados a nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación administrativa. El Ministerio Público sostiene que el fallo judicial no contiene los elementos objetivos y subjetivos exigidos por el tipo penal y considera que la resolución sustituye la descripción de hechos probados por «valoraciones, inferencias e interpretaciones».
En el escrito remitido al TSJEx, de 69 páginas, la Fiscalía argumenta que no existe una sola prueba directa que permita afirmar que la creación del puesto de coordinador de los conservatorios en la Diputación de Badajoz obedeciera al propósito de beneficiar a David Sánchez. La impugnación afecta también a las condenas impuestas al expresidente de la corporación provincial, Miguel Ángel Gallardo, y a otros nueve responsables en relación con los procesos de contratación investigados.
Cuestionamiento de la base fáctica
La Fiscalía subraya que el relato de hechos probados de la sentencia ahora recurrida no individualiza de manera precisa qué resolución administrativa concreta constituye el acto arbitrario necesario para tipificar la prevaricación. Según el recurso, la resolución judicial describe correos electrónicos, reuniones y propuestas organizativas, pero no identifica el acto administrativo específico sobre el cual realizar el juicio normativo de arbitrariedad.
Asimismo, el Ministerio Público señala que la sentencia se basa en discrepancias sobre puestos de trabajo y críticas sindicales que, a su juicio, no equivalen a una arbitrariedad penal. El recurso insiste en que no se ha acreditado que los condenados actuaran con pleno conocimiento de la supuesta injusticia de sus decisiones ni que tuvieran la intención deliberada de actuar al margen del ordenamiento jurídico.
Inexistencia de trato de favor acreditado
Respecto a la presunta finalidad de favorecer al hermano del jefe del Ejecutivo, el fiscal asevera que no hay pruebas ni indicios que demuestren que los cargos de la Diputación de Badajoz conocieran la existencia de David Sánchez de forma previa a la creación del puesto. El texto añade que no se ha probado la existencia de presiones o influencias externas para la configuración de dicha plaza laboral.
Finalmente, la Fiscalía advierte sobre supuestas contradicciones internas en el fallo recurrido. El recurso destaca que la sentencia descarta la existencia de influencias pero, simultáneamente, afirma una finalidad de favorecimiento personal, lo que, según la acusación pública, priva de «consistencia lógica» al dictamen. Por todo ello, el Ministerio Fiscal solicita la revisión de la sentencia y la absolución de los implicados en este proceso.


