El Gobierno remite al Tribunal Supremo la lista de los 163.355 afectados por la ‘ley de nietos’
El Gobierno de España ha cumplido este miércoles con el requerimiento de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, entregando la relación nominal de las 163.355 personas inscritas en el Censo de Residentes Ausentes (CERA) bajo el amparo de la denominada ‘ley de nietos’. La entrega de esta documentación se ha realizado dentro del plazo administrativo fijado por el Alto Tribunal, que expiraba a las 15:00 horas de hoy.
La orden judicial iba dirigida específicamente a los ministros de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares. El Tribunal Supremo había advertido de la posible imposición de multas coercitivas o la deducción de testimonio en caso de incumplimiento, tras solicitar la identificación precisa de los beneficiarios de esta normativa en relación con el ejercicio del derecho al sufragio.
Fuentes del Ministerio de Justicia han confirmado que la cifra definitiva de afectados asciende a 163.355 personas, un dato ligeramente superior a los 163.020 que habían sido notificados de forma genérica en instancias anteriores. Este listado permite al órgano judicial proceder con el análisis de la situación censal de estos ciudadanos, en el marco de las impugnaciones presentadas contra el proceso.
La controversia jurídica se centra en la posible suspensión del derecho al voto de aquellos inscritos que no consigan certificar fehacientemente su condición de hijos o nietos de exiliados. Según lo dispuesto por el Alto Tribunal, la falta de esta acreditación documental podría suponer la inhabilitación para participar en los procesos electorales, una medida que el Gobierno ha lamentado ante la posibilidad de que una parte significativa del colectivo vea limitado su derecho fundamental.
Este procedimiento judicial tiene su origen en las medidas cautelares solicitadas por la organización Hazte Oír, que instó al Tribunal Supremo a suspender el voto de los beneficiarios de la ley que no cumplan con los requisitos específicos de descendencia directa de exiliados políticos o económicos. Con la recepción de la lista nominal, el tribunal dispone ahora de la información técnica necesaria para resolver sobre la validez de estas inscripciones en el censo electoral.


