La Justicia abre juicio oral contra la concejal de Vox en Valencia Cecilia Herrero por un presunto delito de odio
El Tribunal de Instancia de Valencia ha dictado el auto de apertura de juicio oral contra la concejal de Vox en el Ayuntamiento de Valencia, Cecilia Herrero, por un presunto delito de odio. La resolución judicial sitúa a Herrero como la primera edil de esta formación política que deberá afrontar un proceso penal de estas características en ejercicio de sus funciones, como consecuencia de una serie de publicaciones realizadas en la red social X (anteriormente Twitter) entre los años 2020 y 2024.
El magistrado instructor ha ordenado remitir la causa a la Audiencia Provincial de Valencia, órgano competente para la celebración de la vista, tras considerar que concurren indicios racionales de criminalidad. Esta decisión cuenta con el respaldo de la Fiscalía y se produce después de que la Audiencia Provincial desestimara el recurso de apelación interpuesto por la defensa de la concejal, que solicitaba el archivo de las actuaciones basándose en la escasa difusión o el borrado de algunos mensajes.
La acusación del Ministerio Público sostiene que Herrero utilizó de manera continuada perfiles públicos con miles de seguidores para difundir mensajes que promovían «el rechazo, el desprecio y la hostilidad» hacia diversos colectivos protegidos. El escrito de la Fiscalía detalla que las publicaciones no fueron comentarios aislados, sino una conducta reiterada durante cuatro años dirigida especialmente contra personas migrantes de origen magrebí o musulmán, así como contra personas racializadas, el colectivo LGTBI y personas con discapacidad.
Entre las expresiones recogidas en el procedimiento judicial figuran mensajes como «No son ni migrantes ni inmigrantes. Son INVASORES», «Los moros nos invaden» o afirmaciones que vinculaban recursos nacionales exclusivamente a ciudadanos españoles. Asimismo, la causa incluye publicaciones dirigidas contra otros representantes públicos, en las que el Ministerio Público aprecia un ánimo de hostilidad que excede el marco del debate político ordinario.
La Fiscalía solicita para la concejal una pena inicial de tres años de prisión, doce meses de multa y la inhabilitación especial para el ejercicio de empleo o cargo público durante el tiempo de la condena. El procedimiento se fundamenta en los apartados 510.1 y 510.2 del Código Penal, relativos a la promoción pública del odio y la discriminación mediante mensajes deshumanizadores. La investigación se inició en abril de 2024 a raíz de una denuncia de Compromís, a la que posteriormente se sumó el grupo municipal del PSPV aportando nuevo material documental.
En sus fundamentos de derecho, el tribunal recuerda que la libertad de expresión no constituye un derecho absoluto cuando colisiona con la dignidad de las personas o cuando se utiliza para fomentar la discriminación de colectivos vulnerables. La apertura de este juicio oral genera un escenario de tensión política en el Ayuntamiento de Valencia, donde Vox forma parte del equipo de gobierno local, y marca un precedente en el control jurisdiccional de los discursos emitidos por cargos públicos en entornos digitales.


