miércoles, octubre 7, 2026
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Justicia rechaza que Ayuso desaloje la acampada de Sol

El TSJM rechaza el desalojo cautelar de la acampada por la vivienda en la Puerta del Sol

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado la solicitud de medidas cautelares interpuesta por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, presidido por Isabel Díaz Ayuso, que buscaba forzar el desalojo inmediato de la acampada por el derecho a la vivienda instalada en la Puerta del Sol. Con esta resolución, la justicia mantiene la permanencia de la protesta en el centro de la capital de forma provisional.

La decisión judicial responde al recurso presentado por la administración regional, que instaba a la adopción de medidas urgentes para poner fin a la movilización iniciada por diversos colectivos sociales. El tribunal, tras analizar la petición, ha considerado que no concurren las circunstancias necesarias para ordenar el levantamiento de la acampada antes de que se resuelva el fondo del litigio administrativo.

Esta es la segunda ocasión en la que el órgano judicial se pronuncia en un sentido desfavorable a las pretensiones del Ejecutivo autonómico respecto a esta concentración. La resolución enfatiza el respeto a los procedimientos establecidos y la ponderación de los derechos fundamentales en juego, como el de reunión y manifestación, frente a las razones de ocupación del espacio público esgrimidas por el Gobierno regional.

La acampada en la Puerta del Sol se enmarca en una serie de movilizaciones que reclaman medidas urgentes para garantizar el acceso a la vivienda y frenar el incremento de los precios en la región. Los organizadores han recibido la noticia como un respaldo a su derecho a la protesta, mientras que desde la Puerta del Sol se evalúan los siguientes pasos jurídicos en el marco del procedimiento ordinario.

El caso continúa abierto en la vía contencioso-administrativa, a la espera de que el tribunal analice de manera definitiva si la ocupación del espacio público se ajusta a la legalidad vigente o si, por el contrario, procede su disolución conforme a la normativa de seguridad y convivencia ciudadana.

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