Pradas rechaza el recurso de Argüeso y niega ostentar la responsabilidad exclusiva en la gestión de la DANA
La exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, ha presentado un escrito ante el juzgado de Catarroja en el que se opone formalmente al recurso de apelación interpuesto por su antiguo número dos, Emilio Argüeso. En el documento, Pradas rechaza la pretensión del ex secretario autonómico de Emergencias de atribuirle la «responsabilidad exclusiva» de la gestión de las riadas del 29 de octubre de 2024, argumentando que la dirección operativa de la situación recaía sobre la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE) hasta la declaración de la situación 2.
La defensa de la exconsellera sostiene que el recurso de Argüeso intenta transformar la delimitación administrativa de competencias en una «declaración anticipada de responsabilidad exclusiva» hacia su superior jerárquica. Según el escrito consultado, Pradas incide en que el Plan Especial frente al riesgo de inundaciones de la Comunitat Valenciana delega la dirección operativa en la persona titular de la AVSRE durante las fases de preemergencia y las situaciones 0 y 1, cargo que desempeñaba Argüeso durante la jornada de la catástrofe.
En este sentido, el texto subraya que la situación 2 no se extendió de forma general a toda la provincia de Valencia hasta las 19:00 horas. Por tanto, la defensa alega que las competencias deben evaluarse atendiendo al territorio, la hora y la fase de emergencia efectivamente declarada en cada momento, rechazando que la dirección del mando pueda trasladarse retrospectivamente a las horas previas de la gestión.
Asimismo, el escrito de oposición niega que Pradas ostentara un «monopolio exclusivo» sobre la emisión de las alertas a través del sistema ES-Alert. La exconsellera argumenta que la utilización de esta herramienta antes de la declaración de la situación 2 provincial no dependía necesariamente de una decisión personal suya, sino que debe examinarse conforme a la normativa, las instrucciones técnicas y las funciones asignadas a cada órgano administrativo implicado en la gestión de la emergencia.
La representación legal de Pradas ha solicitado a la Audiencia que desestime íntegramente el recurso de Argüeso, al considerar que la responsabilidad penal debe examinarse de forma individualizada y con arreglo a las pruebas disponibles. El documento resalta que la documentación para la convocatoria del Cecopi se remitió desde el Centro de Coordinación de Emergencias siguiendo instrucciones directas del Director de la AVSRE, lo que reforzaría la tesis de la dirección operativa delegada en dicha figura.
Finalmente, a pesar de las discrepancias en el reparto de competencias funcionales manifestadas en este trámite procesal, la defensa de la exconsellera mantiene su posición de solicitar el sobreseimiento y archivo de las actuaciones para ambos investigados. Pradas argumenta que de la valoración conjunta de las diligencias practicadas no se desprenden los presupuestos necesarios para atribuir responsabilidad penal a ninguno de los responsables de la administración autonómica.


