El magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, ha dejado sin efecto este miércoles la orden nacional de busca, captura y detención que pesaba sobre el expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont. La decisión judicial se produce tras hacerse público el fallo del Tribunal Constitucional que avala la aplicación de la Ley de Amnistía al delito de malversación, modificando el criterio que hasta ahora sostenía el alto tribunal sobre la exclusión de este tipo penal en el marco del proceso independentista catalán.
La resolución del magistrado Llarena afecta de igual manera a los exconsellers Antoni Comín y Lluís Puig. Según el auto, el instructor considera que carece de sentido mantener las medidas cautelares una vez que el Tribunal Constitucional ha establecido una doctrina que incide directamente en el fundamento de las órdenes de detención acordadas el pasado mes de julio. No obstante, el juez ha precisado que la aplicación definitiva de la amnistía se resolverá una vez se notifique el contenido íntegro de la sentencia y se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Desde Waterloo, Carles Puigdemont ha valorado la decisión judicial como una «victoria de la amnistía» y ha reafirmado su intención de regresar a la actividad política presencial en España. En una comparecencia institucional, el líder de Junts ha señalado que el fallo del Tribunal Constitucional supone una rectificación a los criterios previos de los poderes públicos y ha dedicado el avance procesal a los cargos que aún mantienen causas pendientes o condenas derivadas de los hechos de octubre de 2017.
El origen de este giro jurídico reside en el recurso de amparo estimado por el Tribunal Constitucional a la exconsellera Dolors Bassa. La sentencia ordena al Supremo dictar una nueva resolución que declare amnistiado el delito de malversación con carácter «preferente y urgente». Este dictamen fija la doctrina que deberán seguir el resto de recursos pendientes, incluyendo los del exvicepresidente Oriol Junqueras y los exconsellers Jordi Turull y Raül Romeva, quienes también se verán beneficiados por la interpretación de la corte constitucional.
La decisión del Tribunal Constitucional ha generado una fractura interna en el órgano de garantías. Cinco magistrados han emitido votos particulares en contra de la resolución, denunciando que el tribunal ha «suplantado» las competencias de la Sala Segunda del Tribunal Supremo. En sus escritos, los magistrados discrepantes consideran inasumible la corrección de la interpretación judicial del Supremo, que inicialmente excluyó la malversación de la amnistía al considerar que existió un beneficio patrimonial personal por parte de los procesados.
A nivel gubernamental, el Ejecutivo ha mantenido una postura de respeto a los tiempos y decisiones judiciales. Se prevé que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo actúe de oficio en los próximos días para aplicar de forma generalizada la doctrina del Constitucional a todos los condenados por malversación en la causa del «procés», lo que supondría la extinción definitiva de las responsabilidades penales derivadas de dicho delito conforme a la ley aprobada en las Cortes Generales.


