El Tribunal Supremo rechaza suspender cautelarmente la regularización extraordinaria de inmigrantes
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado la solicitud de suspensión cautelar del proceso de regularización extraordinaria de extranjeros aprobado por el Gobierno el pasado mes de abril. Tras una deliberación de más de tres horas, el Alto Tribunal ha decidido mantener la vigencia del Real Decreto, permitiendo que el procedimiento administrativo continúe su curso mientras se resuelve el fondo de los recursos interpuestos por diversos actores políticos y sociales.
En su resolución, el tribunal ha diferenciado la situación procesal de los distintos recurrentes. Las peticiones presentadas por la asociación Hazte Oír, la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica, y el colectivo Libertad y Justicia han sido inadmitidas por «falta de legitimación activa». Por el contrario, la Sala sí ha reconocido la legitimación de la formación política Vox y de la Comunidad de Madrid, aunque ha rechazado sus pretensiones de paralización inmediata de la norma.
Según los datos aportados por la Abogacía del Estado durante la vista, un total de 549.596 migrantes han presentado ya su solicitud desde que arrancó el proceso el pasado 16 de abril. Este procedimiento extraordinario, que permanecerá abierto hasta el próximo 30 de junio, tiene como objetivo regularizar la situación de personas extranjeras que ya residían en España, siguiendo la estela de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que recabó un amplio respaldo social y parlamentario previo.
La defensa del Ejecutivo ha argumentado que la suspensión de la medida generaría un perjuicio irreparable al interés general y a los derechos de los solicitantes, quienes quedarían en un «vacío legal» a la espera de una sentencia definitiva. Asimismo, la Abogacía del Estado ha precisado que la obtención de la residencia a través de este cauce no faculta a los beneficiarios para ejercer el derecho al voto en las próximas convocatorias electorales, rechazando así uno de los argumentos esgrimidos por las partes recurrentes.
Desde la parte demandante, los servicios jurídicos de Vox y de las asociaciones personadas sostuvieron que el Real Decreto carece de las garantías jurídicas necesarias y podría contravenir la Ley de Extranjería. Entre sus principales alegaciones, destacaron la supuesta ausencia de un control riguroso de antecedentes penales y el riesgo de alterar el equilibrio administrativo y social del país debido al volumen de personas que podrían obtener la residencia legal.
El Tribunal Supremo ha informado de que los autos detallando los fundamentos jurídicos de esta decisión serán notificados formalmente en los próximos días. Por su parte, la representación legal de Hazte Oír ya ha adelantado su intención de recurrir la decisión de inadmisión, mientras el proceso administrativo de regularización sigue su calendario previsto bajo la supervisión del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.


