Los letrados del Constitucional consideran «prematuro» el recurso del Defensor del Pueblo sobre la ‘ley de nietos’
Un informe técnico elaborado por los letrados del Tribunal Constitucional ha calificado de «prematura» la admisión del recurso de amparo interpuesto por el Defensor del Pueblo contra la suspensión del derecho al voto de las personas nacionalizadas bajo la Ley de Memoria Democrática. Los servicios jurídicos del tribunal de garantías sostienen que la impugnación se presentó antes de agotar la vía judicial ordinaria, lo que contraviene el carácter subsidiario del recurso de amparo.
El documento, solicitado por el magistrado ponente Enrique Arnaldo, señala que el recurso fue interpuesto mientras el proceso en el Tribunal Supremo aún permitía el margen de actuación de la jurisdicción ordinaria. Según el informe al que han tenido acceso diversos medios de comunicación, el plazo para que los afectados presenten sus alegaciones ante el Supremo permanece abierto, lo que invalida la urgencia de la intervención del Constitucional en este momento procesal.
La controversia técnica se centra en la decisión previa del Tribunal Supremo de suspender cautelarmente el derecho de sufragio para aquellos ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad española a través de la disposición adicional octava de la mencionada ley, conocida como «ley de nietos». Los letrados subrayan que la demanda de amparo se produce en el seno de una causa «que se halla en curso», ignorando que el Tribunal Constitucional solo debe intervenir una vez finalizadas todas las instancias previas.
«Se trata de una aducida vulneración de derechos fundamentales producida en el seno de una causa que se halla en curso al presentarse la demanda, debiendo considerarse el recurso de amparo presentado anterior en el tiempo a lo que correspondería», indica el texto de los especialistas jurídicos. Esta conclusión técnica refuerza la tesis de que no se ha respetado el principio de subsidiariedad indispensable para que el órgano de garantías entre en el fondo del asunto.
Ante la relevancia constitucional del caso, la Sección Cuarta del Tribunal Constitucional ha acordado este lunes avocar la decisión sobre la admisión a trámite al Pleno de la institución. Se espera que los magistrados se reúnan y emitan un pronunciamiento definitivo este miércoles, donde deberán decidir si siguen el criterio de los letrados o si, por el contrario, admiten la urgencia planteada por el Defensor del Pueblo.
Este escenario jurídico se produce en paralelo a otras acciones legales iniciadas por asociaciones de descendientes, quienes también han recurrido ante el Tribunal Supremo la exclusión de los afectados por la normativa de memoria democrática en los procesos electorales, una situación que mantiene en vilo la participación política de miles de nuevos ciudadanos españoles residentes en el exterior.


