miércoles, noviembre 4, 2026
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TSJA absuelve al condenado a 6 años por una pelea en Cádiz

El TSJA absuelve por duda razonable al condenado por una agresión con un vaso en una discoteca de Cádiz

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado una sentencia absolutoria en favor de un hombre que había sido condenado previamente a seis años y medio de prisión por un delito de lesiones graves. La resolución revoca el fallo de la Audiencia Provincial de Cádiz, al considerar que existen dudas razonables sobre la autoría de la agresión sufrida por un controlador de acceso en la zona de ocio de la Punta de San Felipe en noviembre de 2021.

El Alto Tribunal andaluz fundamenta su decisión en la falta de fiabilidad de las pruebas testificales y en los errores cometidos durante las ruedas de reconocimiento. Según la sentencia, aunque se considera probado que el acusado participó en un altercado previo dentro del establecimiento y fue expulsado del local, no es posible determinar con la certeza necesaria que fuera él quien lanzó el vaso de vidrio que causó al trabajador la pérdida de agudeza visual en su ojo izquierdo.

Los hechos se remontan a la madrugada del 28 de noviembre de 2021, cuando se produjo un incidente en un reservado de una discoteca gaditana. Tras la intervención del personal de seguridad para desalojar a un grupo de personas, se generó una situación de tensión en el exterior del local. En ese contexto, un empleado recibió un impacto en la cara con un objeto de cristal, provocándole lesiones de carácter irreversible.

La defensa del acusado recurrió la condena inicial alegando una vulneración del derecho a la presunción de inocencia y una valoración errónea de la prueba. El TSJA ha estimado estos argumentos tras analizar las declaraciones de los testigos. El tribunal destaca que la seguridad mostrada por el principal testigo de cargo se vio comprometida al identificar erróneamente en la rueda de reconocimiento a una tercera persona ajena a los hechos como coautor de la agresión.

Asimismo, la resolución señala que otros controladores de acceso y la propia víctima incurrieron en contradicciones y errores de identificación similares. En el caso del trabajador lesionado, este llegó a señalar a una persona cuya participación era inexistente, reconociendo posteriormente en sede judicial que no pudo ver con claridad quién le propinó el golpe debido a la rapidez de la secuencia y a la situación de conflicto.

Ante la concurrencia de estas «dudas suficientemente razonables», el TSJA ha aplicado el principio jurídico in dubio pro reo. El tribunal concluye que, si bien el incidente y la gravedad de las lesiones son hechos indiscutibles, la identificación del autor no cuenta con el respaldo probatorio suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del procesado, procediendo así a su libre absolución.

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