El Gobierno deniega el acceso al informe técnico que fundamenta la extinción de la Fundación Francisco Franco
El Gobierno de España ha inadmitido una solicitud de acceso a la información pública para conocer el contenido íntegro del informe elaborado por la Secretaría de Estado de Memoria Democrática relativo a las actividades de la Fundación Nacional Francisco Franco (FNFF). Este documento técnico es la pieza central sobre la que el Ministerio de Cultura ha basado su decisión de instar la extinción judicial de la entidad por el presunto incumplimiento de la Ley de Memoria Democrática.
La resolución, emitida por el departamento de Divulgación de la Memoria —dependiente del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática—, justifica la negativa alegando que el informe posee un «carácter interno». El texto fue remitido en mayo de 2025 al Ministerio de Cultura y ha servido como base jurídica para que el titular de dicha cartera, Ernest Urtasun, firmase la resolución que pone fin a la vía administrativa y abre la puerta a la demanda ante la jurisdicción civil.
Según el expediente remitido a la Justicia por el Ministerio de Cultura, el informe concluye que la FNFF realiza apología del franquismo y humilla a las víctimas de la dictadura. Estos extremos chocarían con la actual Ley de Memoria Democrática y la Ley de Fundaciones, las cuales estipulan que estas organizaciones deben perseguir fines de interés general. La normativa vigente considera contrario a dicho interés el enaltecimiento del golpe de Estado o el menosprecio a la dignidad de los damnificados por la contienda civil y el régimen posterior.
El ministro de Cultura, Ernest Urtasun, ha defendido la solidez del expediente administrativo, señalando que «en una democracia sólida no puede haber espacio para organizaciones que vulneran la dignidad de las víctimas y tratan de blanquear la dictadura». El proceso se inició en 2024 a través del Protectorado de Fundaciones, el órgano encargado de velar por la legalidad y el correcto funcionamiento de estas entidades en el territorio nacional.
En el lado opuesto, la Fundación Nacional Francisco Franco ha rechazado las conclusiones del informe gubernamental, asegurando que su actividad es ajena a manifestaciones de odio o humillación. La entidad sostiene que los encargados de la investigación no han aportado pruebas concretas de tales actos y recuerda que la exaltación de figuras históricas se encuentra amparada por el derecho a la libertad de expresión recogido en el artículo 20 de la Constitución Española.
Asimismo, la fundación ha interpuesto un recurso contra la resolución ministerial por considerar que vulnera los principios de claridad y transparencia exigibles en un Estado de derecho. La defensa de la FNFF argumenta que las actuaciones gubernamentales generan división social y ha manifestado su compromiso de velar por el respeto a todas las víctimas del periodo comprendido entre 1931 y 1977.
La admisión a trámite de los recursos de la fundación podría ralentizar el proceso judicial. Si la vía contencioso-administrativa no se resuelve con celeridad, el procedimiento civil para la disolución efectiva de la entidad podría dilatarse, afectando a los plazos previstos por el Ejecutivo para concluir el expediente de extinción antes del término de la presente legislatura.


