miércoles, septiembre 9, 2026
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Juicio a los Mossos por la fuga de Puigdemont: Piden cárcel

Solicitan la apertura de juicio oral contra tres agentes de los Mossos por la fuga de Carles Puigdemont

La acusación popular, representada por la asociación Hazte Oír, ha solicitado formalmente al Juzgado de Instrucción número 24 de Barcelona la apertura de juicio oral contra los tres agentes de los Mossos d’Esquadra procesados por su presunta colaboración en la huida del expresidente catalán, Carles Puigdemont. Los hechos se remontan al pasado 8 de agosto de 2024, cuando el líder independentista abandonó el territorio nacional tras una breve aparición pública en Barcelona, eludiendo el dispositivo policial desplegado para su detención.

En su escrito de acusación, la entidad solicita para los agentes Xavier Manso, Jordi Rodrigo y David Goicoechea una pena principal de dos años de inhabilitación por un presunto delito de omisión del deber de perseguir delitos. De manera alternativa, en caso de apreciarse un delito de encubrimiento, la acusación eleva la petición a tres años de prisión y diez años de inhabilitación absoluta para cada uno de los procesados. Estas penas no serían acumulativas, sino que se plantean como opciones según la calificación jurídica definitiva que adopte el tribunal.

El procedimiento judicial, que inicialmente fue archivado, se reactivó tras una orden de la Audiencia Provincial de Barcelona que obligó a retomar las investigaciones. La magistrada titular del juzgado de instrucción ratificó el procesamiento de los agentes el pasado mes de julio, al hallar indicios de una actuación coordinada para facilitar el desplazamiento y ocultamiento de Puigdemont desde la zona de Trafalgar hasta el Arco de Triunfo, impidiendo así el cumplimiento de la orden de detención emitida por el Tribunal Supremo.

Según recoge el auto judicial, en el momento de los hechos, ninguno de los tres agentes se encontraba de servicio activo: uno disfrutaba de su periodo vacacional, otro de un permiso administrativo y el tercero se hallaba en situación de baja médica. Este extremo constituye el eje central de la estrategia de defensa, que sostiene la improcedencia del procesamiento al considerar que los acusados no tenían asignada ninguna función operativa dentro del dispositivo policial aquel día y, por tanto, no habrían incurrido en una dejación de sus funciones profesionales.

No obstante, la jueza de instrucción ha considerado que la condición de agentes de la autoridad persiste más allá de los turnos de servicio en lo que respecta al deber de perseguir delitos flagrantes o dar cumplimiento a órdenes judiciales vigentes. El caso queda ahora a la espera de que el resto de las partes presenten sus escritos antes de que se dicte el auto de apertura de juicio oral, en un episodio que generó una notable controversia institucional sobre la eficacia de los protocolos de seguridad del Estado.

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