El TSJCyL ratifica la condena de cuatro años por el homicidio imprudente de Sergio Delgado en Burgos
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la sentencia de cuatro años de prisión para el autor del puñetazo que causó la muerte del joven vallisoletano Sergio Delgado en febrero de 2024. El tribunal ha desestimado íntegramente los recursos de apelación presentados por el Ministerio Fiscal y la acusación particular, quienes solicitaban la nulidad del juicio alegando falta de imparcialidad por parte del magistrado que presidió la vista en la Audiencia Provincial de Burgos.
La resolución judicial analiza las quejas presentadas sobre el comportamiento del magistrado presidente durante el juicio con jurado. El TSJCyL reconoce que el juez empleó expresiones «duras» y «autoritarias», citando explícitamente el episodio en el que se pidió a la madre del fallecido que dejara de «lloriquear». Aunque el tribunal califica este comportamiento como una «falta de empatía» y una actuación «desagradable e inapropiada», concluye que tales formas no acreditan una pérdida de imparcialidad ni generaron indefensión que justifique la repetición del proceso.
En cuanto a la calificación jurídica de los hechos, la sentencia ratifica que se trata de un homicidio por imprudencia grave. El tribunal sostiene que, dado que el jurado popular descartó de forma expresa tanto el ánimo de matar como el dolo eventual, no es posible legalmente encuadrar el suceso como asesinato u homicidio doloso. La Sala defiende que la sentencia de instancia explica de manera adecuada las razones que sustentan la condena por imprudencia tras valorar el veredicto del jurado.
El fallo también aborda las alegaciones sobre defectos en el objeto del veredicto. Si bien el TSJCyL admite que el documento entregado al jurado era «manifiestamente mejorable» y contenía ciertas omisiones, considera que estas no tuvieron la entidad suficiente para invalidar la decisión final. Para los magistrados, la motivación del veredicto fue «concisa aunque suficiente», permitiendo comprender el razonamiento lógico seguido por los ciudadanos que integraron el jurado para descartar la intencionalidad en la agresión.
Los hechos probados se remontan a la madrugada del 24 de febrero de 2024, cuando la víctima, que se encontraba en Burgos celebrando una despedida de soltero, recibió un puñetazo que le hizo caer al suelo y golpearse la cabeza contra el pavimento, provocándole la muerte. El jurado determinó que el agresor fue el autor del golpe, pero rechazó que sus conocimientos de artes marciales influyeran en la letalidad de la acción o que este pudiera prever el desenlace fatal.
El condenado, que pasó dos años en prisión provisional, permanece en libertad desde el pasado mes de febrero tras la celebración de la vista oral. Contra esta resolución del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León todavía cabe la interposición de un recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.


