martes, abril 21, 2026
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El Supremo avala la anulación parcial de Madrid 360

El Tribunal Supremo ratifica la nulidad parcial de la Ordenanza de Movilidad ‘Madrid 360’

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Madrid contra la sentencia que anuló diversos preceptos de la Ordenanza de Movilidad Sostenible. Con esta decisión, el Alto Tribunal avala el fallo previo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que detectó deficiencias sustanciales en los informes de impacto económico y ambiental de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) reguladas bajo la estrategia conocida como ‘Madrid 360’.

El procedimiento judicial tiene su origen en un recurso interpuesto por el grupo municipal Vox contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de septiembre de 2021, que modificaba la normativa de movilidad de 2018. La sentencia del TSJM, ahora firme tras la resolución del Supremo, declaró la nulidad de los artículos referidos a la delimitación y régimen de funcionamiento de las áreas de restricción al tráfico, al considerar que el proceso administrativo careció de un análisis riguroso sobre las consecuencias económicas para la ciudadanía.

El fundamento jurídico de la anulación reside en la insuficiencia de la Memoria de Análisis de Impacto Normativo. Según el dictamen judicial, la administración municipal no realizó una ponderación equilibrada entre los beneficios ambientales perseguidos y los costes impuestos a los sectores afectados. El tribunal subrayó que se debería haber valorado la posibilidad de adoptar medidas menos restrictivas con efectos equivalentes, constatando asimismo carencias en el informe de impacto ambiental que acompañaba a la norma.

En su auto de inadmisión, el Tribunal Supremo señala que el recurso del Ayuntamiento se limitaba a manifestar una discrepancia con la valoración de la prueba realizada por el tribunal de instancia. El Alto Tribunal recuerda que las cuestiones de hecho y el juicio de ponderación efectuado por el TSJM quedan excluidos del recurso de casación. Al ser un auto firme, no cabe interponer recurso alguno contra esta decisión, lo que otorga seguridad jurídica a la nulidad de los artículos señalados.

Por su parte, el Ayuntamiento de Madrid ha manifestado que la sentencia «queda sin efecto» en la práctica operativa de la ciudad. Según fuentes municipales, el consistorio aprobó el pasado 24 de marzo una modificación de la Ordenanza de Movilidad Sostenible que incluye un nuevo informe de impacto económico y una revisión de las zonas de bajas emisiones, con el objetivo de subsanar los defectos formales detectados por la justicia y mantener la vigencia de las restricciones ambientales en la capital.

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