El Tribunal Supremo inadmite el recurso del Real Madrid y mantiene el litigio por los conciertos en el Bernabéu
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una providencia por la cual inadmite el recurso de casación interpuesto por el Real Madrid Club de Fútbol contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) relativa a la celebración de espectáculos musicales en el estadio Santiago Bernabéu. Con esta resolución, el Alto Tribunal confirma el criterio previo y obliga a que la justicia ordinaria analice si las licencias actuales del recinto amparan este tipo de eventos.
La Sección de Admisión ha argumentado que el recurso presentado por la entidad deportiva carece de la fundamentación necesaria para justificar la existencia de un interés casacional objetivo. Según el tribunal, el club no logró acreditar adecuadamente los supuestos legales invocados ni justificó de manera concreta el perjuicio para los intereses generales que alegaba en su escrito. El Tribunal Supremo destaca que la controversia tiene un marcado carácter casuístico, vinculado a las circunstancias específicas del estadio, lo que es incompatible con la finalidad del recurso de casación, orientado a la creación de jurisprudencia general.
El origen del conflicto se remonta a la demanda interpuesta por la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu. Los residentes sostienen que el Plan Especial de mejora del medio urbano y las licencias de reforma otorgadas al club no incluyen la autorización para celebrar conciertos de gran formato. Tras una desestimación inicial por parte del Ayuntamiento de Madrid y una posterior inadmisión en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 31, el TSJM dio la razón a los vecinos en apelación, ordenando que se examinara el fondo del asunto.
La resolución del Supremo no solo cierra la vía de la casación para el Real Madrid, sino que además le impone el pago de las costas procesales. Estas se han fijado en un límite máximo de 2.000 euros, más IVA, a favor de la asociación vecinal, que se opuso formalmente a la admisión del recurso del club blanco.
Tras esta decisión judicial, las actuaciones regresarán al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 31 de Madrid. Este órgano será el encargado de dictaminar sobre la «desestimación presunta» de la consulta planteada por los vecinos ante el consistorio madrileño. En última instancia, el juzgado deberá determinar si el marco urbanístico vigente permite al Santiago Bernabéu operar como recinto de espectáculos extraordinarios o si, por el contrario, su actividad debe ceñirse estrictamente al ámbito deportivo para el que fue concebido originalmente.
Este pronunciamiento se produce en un contexto de creciente tensión entre los promotores de eventos, la entidad propietaria del estadio y los residentes del distrito de Chamartín, quienes denuncian problemas de ruido y movilidad derivados de la nueva explotación comercial del recinto tras su remodelación tecnológica.


