Interior ha concedido protección policial a diez personas por circunstancias de especial riesgo desde 2024
El Ministerio del Interior ha otorgado medidas de seguridad a un total de diez personas por «circunstancias personales de especial riesgo» entre el año 2024 y el presente ejercicio. Según los datos facilitados por el departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska en respuesta a una solicitud de transparencia, la mayoría de los beneficiarios de este despliegue, que se sitúa fuera del catálogo de protección institucional por cargo público, son mujeres.
De acuerdo con la información oficial, el desglose temporal de estas concesiones de seguridad sitúa tres servicios acordados en 2024, cinco en 2025 y dos adicionales en 2026. En cuanto al perfil de los sujetos bajo protección, la estadística proporcionada por la Secretaría de Estado de Seguridad refleja una prevalencia femenina, con seis mujeres frente a cuatro hombres receptores de estas medidas operativas.
Entre los expedientes que han trascendido figura el de la activista política Sarah Santaolalla, quien recibió protección policial este año tras denunciar un incidente a la salida del Senado. Pese a que la autoridad judicial procedió al archivo de la denuncia al no apreciar evidencias de acoso o lesión, el Ministerio del Interior mantuvo el despliegue de seguridad. Requerido sobre los informes técnicos que sustentaron esta decisión, el departamento ministerial ha denegado su acceso alegando motivos de «seguridad pública» y la protección de la normativa sobre secretos oficiales.
Otros casos vinculados a este tipo de medidas especiales incluyen a Leire Díez y al empresario Javier Pérez Dolset. En el caso de Díez, se autorizaron dos meses de contravigilancia durante el pasado año tras denunciar amenazas. Por su parte, Pérez Dolset confirmó en sede mediática contar con escolta policial activa, coincidiendo con periodos de especial sensibilidad en investigaciones desarrolladas por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.
El Ministerio ha precisado que el sistema de protección de personas, regulado actualmente por la Instrucción 3/2025 de la Secretaría de Estado de Seguridad, no se gestiona mediante una estadística centralizada de solicitudes administrativas. El procedimiento se articula a través de procesos de valoración integral de amenazas, riesgos y vulnerabilidades realizados por las Fuerzas y Cuerpo de Seguridad del Estado (FCSE), quienes determinan la idoneidad de la medida según criterios técnicos y funcionales.
Finalmente, la autoridad administrativa ha subrayado la diferencia procedimental entre estas protecciones por riesgo personal y las derivadas de violencia de género. Mientras las primeras dependen de la valoración operativa policial, la protección en el ámbito de la violencia de género corresponde exclusivamente a la autoridad judicial. En estos supuestos, la protección no implica la asignación automática de una escolta, sino un conjunto de medidas dinámicas que se ajustan continuamente según la evolución del nivel de riesgo detectado en cada caso concreto.


