Cataluña concentra el 40% de las ocupaciones ilegales en España pese a un descenso del 15% en 2025
Cataluña se mantuvo durante el año 2025 como la comunidad autónoma con mayor número de casos de ocupación ilegal registrados en el país. Según los datos publicados por el Ministerio del Interior en su Portal Estadístico de Criminalidad, la región contabilizó 5.913 hechos conocidos por allanamiento de morada y usurpación de inmuebles, lo que representa el 39,75% de los 14.875 casos detectados en el conjunto de España.
A pesar de encabezar la estadística nacional con una diferencia notable sobre el resto de territorios, la cifra en Cataluña refleja un descenso del 15,6% respecto al ejercicio de 2024, cuando se registraron 7.009 casos. Esta caída en la comunidad autónoma fue superior a la media nacional, que experimentó un retroceso del 9,4% al pasar de 16.426 hechos conocidos en 2024 a los 14.875 contabilizados al cierre del pasado año.
En el desglose por comunidades autónomas, tras Cataluña se situaron Andalucía, con 1.909 casos; la Comunidad Valenciana, con 1.805, y la Comunidad de Madrid, con 1.269. Estas cuatro regiones acumularon cerca de siete de cada diez hechos conocidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado durante el periodo analizado, consolidándose como los focos principales de esta actividad delictiva.
Los datos, obtenidos tras una solicitud de acceso a la información pública bajo la Ley de Transparencia, confirman una tendencia de concentración en territorio catalán que se prolonga desde hace varios años. Si bien el peso relativo de Cataluña sobre el total nacional ha disminuido ligeramente —pasando de superar el 42% en 2024 al actual 39,75%—, la distancia frente a la segunda comunidad con más registros, Andalucía, sigue siendo de más de 4.000 casos.
Desde el Ministerio del Interior se ha precisado que el Sistema Estadístico de Criminalidad no emplea el término genérico «okupa» en sus mediciones oficiales. En su lugar, las estadísticas se estructuran bajo las categorías jurídicas de allanamiento de morada y usurpación de inmuebles. El primer supuesto se refiere al ingreso en una vivienda que constituye morada del titular, mientras que la usurpación afecta a propiedades deshabitadas, locales o edificios que no tienen la consideración de residencia habitual.
La resolución de Interior remite al Portal Estadístico de Criminalidad para la consulta de las series oficiales sobre hechos esclarecidos y detenciones, aunque no ha facilitado una relación específica de personas identificadas en estos procesos. El informe concluye que, pese al descenso generalizado de las denuncias en el último año, la problemática mantiene una distribución geográfica marcadamente asimétrica en el territorio español.


