lunes, junio 22, 2026
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Absuelto de abuso sexual por no saber que era menor de edad

La Audiencia de Huelva absuelve de abuso sexual a un joven al no quedar probado que conociera la minoría de edad de la víctima

La Audiencia Provincial de Huelva ha dictado una sentencia absolutoria en favor de un joven de 19 años que se enfrentaba a penas superiores a los 14 años de prisión por presuntos delitos de abuso sexual, descubrimiento y revelación de secretos, vejaciones y maltrato de obra. El tribunal ha determinado que no existe prueba suficiente de que el acusado tuviera conocimiento de que la víctima contaba con 15 años de edad en el momento de los hechos, lo que excluye el dolo necesario para la tipificación penal del abuso.

La resolución judicial, a la que ha tenido acceso la Agencia EFE, considera probado que ambos mantuvieron una relación sentimental sin convivencia entre agosto de 2021 y julio de 2022. Aunque la legislación vigente en el periodo de los hechos fijaba la edad de consentimiento sexual en los 16 años, la sala ha decretado la exclusión de tipicidad basándose en que la menor «mintió en sus redes sociales sobre su edad». Asimismo, el tribunal destaca que los familiares de la joven, conocedores de la relación, nunca advirtieron al procesado sobre la verdadera edad de la menor.

En relación con los delitos de descubrimiento y revelación de secretos, la Fiscalía solicitaba un año de cárcel por la presunta difusión de un vídeo íntimo a través de la red social Instagram. No obstante, los magistrados han aplicado el principio «in dubio pro reo», dictaminando que no se ha acreditado de forma fehaciente que la imagen publicada sin autorización correspondiera realmente a la denunciante. De igual modo, el acusado ha sido absuelto del delito de maltrato de obra al no considerarse probada su comisión durante un incidente supuestamente ocurrido en una playa en junio de 2022.

A pesar de las absoluciones en los cargos principales, el tribunal sí ha considerado probado un delito leve de amenazas en el ámbito de la violencia de género. Esta condena se sustenta en el contenido de una conversación privada mantenida por redes sociales en julio de 2022. La sala otorgó plena verosimilitud al testimonio de la víctima en este punto concreto, al no apreciar un «propósito espurio» en su declaración sobre las coacciones recibidas.

Como consecuencia de este delito leve, el joven ha sido condenado a 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Adicionalmente, la Audiencia de Huelva le ha impuesto la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante un periodo de un año y un día, así como la prohibición de aproximarse a la víctima o comunicarse con ella por cualquier medio durante el tiempo estipulado en la resolución, fijando una distancia mínima de 200 metros.

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