Loterías y Apuestas del Estado comunica los resultados del sorteo de la Bonoloto del 26 de julio de 2026
Loterías y Apuestas del Estado ha celebrado este domingo, 26 de julio de 2026, el sorteo ordinario de la Bonoloto, uno de los juegos de azar de gestión pública con mayor frecuencia en España. La combinación ganadora de esta jornada ha quedado integrada por los números 09, 19, 23, 29, 37 y 48. El número complementario ha correspondido al 41, mientras que el reintegro ha recaído en el 8.
El sorteo se ha desarrollado conforme al procedimiento habitual en el Salón de Sorteos de Loterías y Apuestas del Estado, situado en Madrid. Bajo este sistema, se extraen seis bolas de un bombo que contiene 49 números para determinar la combinación principal. Posteriormente, se extrae una séptima bola para el número complementario y, de un segundo bombo con diez números (del 0 al 9), se obtiene el reintegro.
En cuanto a la estructura de premios, la Bonoloto destina el 55% de la recaudación total a la dotación de las diferentes categorías. El 10% se reserva específicamente para el reintegro, mientras que el 45% restante se distribuye entre las cinco categorías principales de aciertos. En caso de que no existan acertantes de primera categoría (seis números), el importe se acumula como bote para la siguiente jornada.
La normativa vigente establece que el precio por apuesta simple es de 0,50 euros, siendo obligatorio un desembolso mínimo de 1 euro por boleto para que la participación sea válida. Los usuarios pueden optar por la modalidad diaria o el abono semanal, que permite concursar en todos los sorteos de la semana natural mediante una única validación del terminal.
Respecto al cobro de los importes, los premios inferiores a 2.000 euros pueden hacerse efectivos en cualquier administración de lotería oficial. Para cuantías superiores, los beneficiarios deben acudir a las entidades bancarias colaboradoras (BBVA o La Caixa). Aquellos premios que superen los 1.000 euros se abonan exclusivamente mediante transferencia o cheque, garantizando la trazabilidad de los fondos.
Finalmente, cabe recordar el marco fiscal aplicable a los juegos de azar en España. Desde el año 2013, todos los premios que excedan los 40.000 euros están sujetos a una retención tributaria del 20%. Este gravamen se aplica de forma automática por la entidad pagadora antes de que el ganador reciba el importe neto, cumpliendo con las obligaciones impositivas establecidas por la Hacienda Pública.


