El CGPJ avala la reforma de la ley de protección a la infancia y refuerza el interés superior del menor como criterio judicial
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha emitido un informe favorable sobre el anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (Lopivi). El órgano de gobierno de los jueces considera que el nuevo texto normativo consolida la evolución del sistema hacia un modelo de reconocimiento pleno de derechos, situando el interés superior del menor, el principio de diligencia debida y la perspectiva de infancia como ejes centrales de la actuación judicial en España.
Según sostiene el Consejo, el ordenamiento jurídico ha transitado de una concepción asistencial de la minoría de edad hacia un estatus de ciudadanos como titulares plenos de derechos. En este sentido, el informe destaca que la principal transformación de la reforma radica en convertir el «interés superior del menor» en un criterio operativo real para la toma de decisiones. Esto implica que cualquier resolución judicial o administrativa deberá contar con una evaluación individualizada y motivada que pondere los derechos en conflicto y justifique por qué la solución adoptada es la más beneficiosa para el niño o adolescente.
La resolución del CGPJ subraya que la Lopivi trasciende su función inicial de prevención para configurarse como un auténtico estatuto de garantías de derechos fundamentales. Entre los elementos esenciales para determinar el interés del menor, el Consejo otorga especial relevancia a la «participación efectiva». El texto respalda que la opinión de los menores sea recabada y valorada en todos los procesos que les afecten, eliminando las barreras de edad preestablecidas y adaptando el procedimiento a sus circunstancias personales y grado de desarrollo.
Otro de los pilares validados por el órgano judicial es la incorporación del «principio de diligencia debida». Este estándar obliga a los poderes públicos y operadores jurídicos a actuar con una proactividad y agilidad superiores, bajo la premisa de que el transcurso excesivo del tiempo durante la infancia puede generar daños irreversibles en el desarrollo evolutivo de la víctima. Asimismo, el informe resalta el concepto de «vulnerabilidad interseccional», reconociendo que factores como la discapacidad, el trauma previo o la situación familiar interactúan y agravan la exposición de los menores a la violencia.
En cuanto a la gestión operativa de los casos de violencia, el CGPJ destaca el impulso del modelo Barnahus. Este sistema busca concentrar las intervenciones judiciales, policiales, sanitarias y psicológicas en un único entorno seguro y amigable. El objetivo institucional es evitar la victimización secundaria, impidiendo que el menor de edad deba repetir su relato ante múltiples instituciones y protegiendo así su integridad moral durante el proceso judicial.
Por otro lado, el informe del Consejo ratifica el rechazo al uso del denominado síndrome de alienación parental o cualquier reformulación que carezca de aval científico. El CGPJ recuerda que organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud ya han descartado estas teorías por carecer de base médica y ser utilizadas, con frecuencia, para invalidar de forma sistemática el testimonio de las víctimas menores de edad en procedimientos de custodia o violencia.
Finalmente, el órgano de gobierno de los jueces ha incluido en su informe una serie de observaciones técnicas dirigidas al prelegislador. Entre ellas, se señala la conveniencia de reforzar la seguridad jurídica del nuevo régimen sancionador y de precisar determinados conceptos técnicos para mejorar la calidad legislativa de la norma. No obstante, la valoración global del Consejo califica la reforma como un avance significativo en el fortalecimiento de las garantías de protección de la infancia y la adolescencia en el marco del Estado de derecho.


