lunes, octubre 26, 2026
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Jueces del TC ven «intolerable» el fallo sobre ley de nietos

Magistrados del Constitucional tildan de «intolerable» la exclusión del voto de los nacionalizados por la ‘ley de nietos’

Los magistrados del Tribunal Constitucional, Ramón Sáez y Juan Carlos Campo, han calificado de «intolerable» la decisión de la mayoría del pleno de no admitir a trámite el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los ciudadanos nacionalizados bajo la Ley de Memoria Democrática, conocida como ‘ley de nietos’. En un voto particular conjunto, ambos jueces advierten de la existencia de una lesión «irreparable» y critican lo que consideran un «fracaso del ordenamiento jurídico» para proteger un derecho fundamental básico.

La corte de garantías rechazó hace una semana, por una mayoría de diez votos frente a dos, la impugnación presentada por el Defensor del Pueblo. El órgano fundamentó su negativa en que el recurso resultaba «prematuro», al no haberse agotado todavía la vía de la jurisdicción ordinaria en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento principal sigue abierto y permite a los afectados personarse para formular alegaciones.

No obstante, los magistrados díscolos sostienen que la gravedad de la situación exigía una respuesta inmediata por parte del Constitucional. Según el texto del voto particular, la doctrina del tribunal permite la interposición del recurso de amparo frente a medidas cautelares en casos excepcionales para evitar vulneraciones irreversibles. Para Sáez y Campo, la lesión del derecho de sufragio es «actual, persistente, masiva e indeterminada», amenazando con consumarse de forma inminente ante la convocatoria de procesos electorales.

En el plano técnico, los magistrados argumentan que la decisión del Tribunal Supremo debe considerarse «firme» a efectos constitucionales. Subrayan que, al haberse interpuesto ya el recurso de reposición en la jurisdicción ordinaria sin éxito, la vía judicial se encuentra agotada en la práctica, convirtiendo la medida en una resolución «definitiva» que priva del voto a miles de descendientes del exilio provocado por la Guerra Civil y la dictadura.

El escrito de los magistrados progresistas carga con dureza contra la interpretación mayoritaria del Pleno, acusándola de ser excesivamente «formalista» ante un escenario de especial relevancia institucional. A su juicio, se trata de un caso que «marca la historia de un tribunal constitucional», dada la envergadura de la suspensión masiva de un derecho fundamental en un Estado democrático de derecho.

Finalmente, el voto particular lamenta que no se haya realizado un análisis más riguroso de los requisitos de admisión, señalando que la resolución «no ha sabido extraer» las graves consecuencias de dejar sin tutela efectiva a docenas de miles de ciudadanos. El conflicto jurídico tiene su origen en las medidas cautelares solicitadas ante el Tribunal Supremo para suspender el derecho a sufragio de los nuevos nacionalizados, en el marco de las impugnaciones presentadas contra los desarrollos de la normativa de memoria democrática.

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